PLANIFICACIÓN SIEMBRAS CAMPAÑA 2023-2024
Si estas planificando las siembras de la nueva campaña agrícola 2023-2024, debes tener en cuenta una serie de aspectos cla ve que te detallamos a continuación.Es importante saber que a día de hoy no se ha publicado ninguna excepción a esta normativa, y que en caso de que, al igual que sucedió el año pasado, finalmente estuviéramos exentos de cumplir algo de los puntos que vamos a explicar mas abajo, se os comunicaria a través del whatsapp de comunicación de ASAJA
Huesca.
Para una correcta planificación de las siembras tenemos que diferenciar y tener en cuenta dos cosas: CONDICIONALIDAD Y ECORREGIMENES.
ASPECTOS BÁSICOS DE CONDICIONALIDAD REFORZADA PARA LA PLANIFICACIÓN
La Condicionalidad es el conjunto de OBLIGACIONES que deben respetar los perceptores de determinadas ayudas agrarias para poder cobrarlas en su totalidad y afecta a la totalidad de nuestra explotación...
Hay diversas normas de condicionalidad, pero para planificar las siembras, debes tener en cuenta principalmente la BCAM 7 y la BCAM 8.
Para calcular los porcentajes de las BCAM tenemos que sumar la superficie de tierra arable de secano y de regadío (no sumaremos ni pastos, ni superficies forestales, ni cultivos leñosos).
BCAM 7:
- Realizar una rotación de cultivos en todas las parcelas de la explotación (excepto las parcelas cultivadas con cultivos plurianuales), al menos, tras tres años.
- Dar cumplimiento a la diversificación de cultivos, se deberá tener en cuenta lo siguiente:
- 10-20 Has: 2 cultivos diferentes sin que el mayoritario suponga más del 75 %
- 20-30 Has: 2 cultivos diferentes sin que el mayoritario suponga más del 70 %
- Más de 30 Has: 3 cultivos diferentes, sin que el mayoritario suponga más del 70% y los dos cultivos mayoritarios juntos no podrán ocupar más del 90 %
BCAM 8:
- Las explotaciones agrícolas deberán dedicar un porcentaje mínimo del 4 % de la tierra de cultivo a superficies y elementos no productivos. Se consideran elementos no productivos barbecho, elementos del paisaje, franjas de protección…
- Las explotaciones exentas de cumplir la BCAM 7 y la BCAM 8 son:
- Si más del 75 % de las tierras de cultivo se utilice para producir forrajes herbáceos, leguminosas, barbecho o una combinación de esos usos.
- Más del 75 % de la superficie agrícola admisible sean pastos permanentes, forrajes herbáceos, cultivos bajo agua o una combinación de estos usos.
- En las que la superficie de tierra cultivable es inferior o igual a 10 hectáreas.
- Las explotaciones exentas de cumplir la BCAM 7 son:
- Las certificadas en producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos.
ECORREGIMENES EN TIERRAS DE LABOR
Los ecorregimenes son voluntarios para el agricultor y consisten en una serie de prácticas en favor del clima y el medio ambiente, que van más allá de la línea de base (condicionalidad reforzada)...
Suponen una parte importante del importe que cobramos de PAC, por eso es necesario saber si nos podemos acoger a alguno de ellos y qué requisitos tenemos que cumplir para poder hacerlo.
Para calcular los porcentajes a respetar en cada uno de los ecorregimenes, tenemos que dividir la explotación en tres, y calcular por separado según el caso:
- Superficie de tierra arable de secano.
- Superficie de tierra arable de secano húmedo (Jacetania, Sobrarbe y Ribagorza).
- Superficie de tierra arable de regadío.
ECORREGIMEN DE SIEMBRA DIRECTA:
- Como mínimo en el 40% de la superficie de acogida:
- No realizar labores de arado sobre el suelo.
- Sembrar directamente sobre los rastrojos y mantener éstos sobre el terreno, de manera que el suelo esté cubierto durante todo el año.
- Llevar a cabo una rotación de cultivos en la superficie en la que se realiza la práctica de siembra directa, exceptuando a la superficie con especies plurianuales, salvo en su año de implantación.
- Se establece un complemento adicional de 25€/ha por llevar a cabo esta práctica en años consecutivos sobre la misma superficie.
ECORREGIMEN DE ROTACIÓN DE CULTIVOS CON ESPECIES MEJORANTES:
- Rotar al menos el 50 % de la superficie de tierra de cultivo con un cultivo diferente al cultivo previo. (Se puede rebajar al 25% si más del 25% de la superficie está ocupada por cultivos plurianuales).
- Que como mínimo el 10 % de la superficie de tierra de cultivo acogida, esté ocupada por especies mejorantes, de las cuales las leguminosas deben representar, al menos la mitad de este porcentaje.
- El barbecho no podrá representar más del 20 % de la superficie (Aumenta al 40% en Bajo Cinca y Monegros).
- Si la superficie de acogida es menor de 10 has: cumplimos con el requisito de diversificación (el cultivo mayoritario menos del 75%) o con lo anterior sin necesidad de tener especies mejorantes.
ECORREGIMEN DE ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD:
- Establecer un porcentaje mínimo de espacios de biodiversidad en tierras de cultivo: 7% para el secano y 4% para el regadío.
- Se consideran espacios de biodiversidad:
- Los muretes, charcas, lagunas, terrazas, abrevaderos naturales, setos, lindes o cualquier otro elemento del paisaje.
- El barbecho semillado (2 familia mínimo).
- Márgenes e islas de biodiversidad.
- Zonas de no cosechado.
- En estos elementos no productivos no se podrán aplicar fitosanitarios excepto en las zonas de no cosechado.