¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o deducir de dicho importe el IVA?
¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o se debe deducir de dicho importe el IVA?
El importe que se debe consignar es el importe total de la factura.
Cuando se ha adquirido gasóleo con cheques-gasóleo bonificado y el titular del establecimiento de venta minorista ha expedido factura, ¿se debe consignar en la solicitud de devolución el número de factura y el resto de los datos de la misma?
Las adquisiciones de gasóleo bonificado para las que el medio de pago utilizado haya sido el cheque gasóleo-bonificado, solo deben figurar en el apartado de la solicitud titulado “Adquisiciones realizadas mediante Cheques gasóleo”.
Eduardo Budios Dpto. Fiscal |