Publicado el 18/03/2011

Visitas Institucionales En Nuestro Estand En Fima Ganadera

Hoy viernes cerraba sus puertas la Feria Ganadera de Zaragoza, FIGAN 2011. A lo largo de estas cuatro jornadas, desde el martes y hasta el viernes, ASAJA Aragón ha participado en numerosas actividades del programa oficial, como la reunión de AGOCA (asociación de ganaderos de ovino), la de AIFE (sectorial de alfalfa), la reunión de la Lonja de Binéfar, la de la asociación de Comercializadores de Cereales y Oleaginosas o la de ASOPROVAC (asociación de ganaderos de vacuno). También por nuestro estand, además de socios de las tres provincias aragonesas, socios de ASAJA de toda España y visitantes en general, nos han visitado personalidades como el consejero de Ordenación del Territorio, Rogelio Silva, acompañado por el director general, Alfredo Cajal, o la candidata del PP a la presidencia de Aragón, Luisa Fernanda Rudi. De ambas visitas dejamos testimonio gráfico.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de producción y movimiento de estiércol?

Existe obligatoriedad si:

  1. La explotación ganadera se encuentra en Zona Vulnerable.
  2. Si se trata de instalaciones de ganadería intensiva y tienen una capacidad de animales superior a unos mínimos establecidos. Así por ejemplo, una explotación con capacidad de 1.999 cerdos de cebo no estará obligada pero si una con 2.001 animales.
¿Qué documentación es necesaria para la realización del cuaderno de campo?
  • Facturas de productos fitosanitarios de toda la campaña agrícola.
  • Datos maquinaría agrícola empleada.
  • Justificantes SIGFITO.
  • Facturas cosecha.
¿Qué plazos tengo para asegurar el cereal?

Esta cuestión es de vital importancia para la explotación. Preguntar en cada departamento de seguros. 

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Quién puede solicitar la ayuda plan renove de maquinaria agrícola?

Cualquiera que tenga su explotación agrícola en Aragón y tenga maquinaria agrícola vieja para achatarrar

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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