Publicado el 19/07/2010

Urgente: Convocadas Las Ayudas A La Renovación Del Parque Nacional De Maquinaria Agrícola 2010

Ayudas para fomentar la renovación del parque nacional de tractores y máquinas automotrices agrícolas mediante el achatarramiento de las máquinas más antiguas y su sustitución por otras menos contaminantes y más seguras.Actividad subvencionable: Sustitución de uno o varios tractores o máquinas automotrices por un/a único/a·Â Tractor, ·Â Máquina automotriz, ·Â Sembradora directa, ·Â Cisterna para purines y esparcidor de fertilizantes sólidos equipados, en ambos casos, con dispositivo de localización y ·Â Abonadora y equipo de aplicación de productos fitosanitarios que posibiliten una correcta distribución, mediante acreditación de una estación de ensayos específica para estos tipos de máquinas.ÂEn todos los casos la máquina de reemplazo debe ser nueva.ÂRequisitos del tractor y máquina automotriz achatarrados:·Â Tener más de 15 años (tractores) o 10 años (máquinas automotrices) de antigüedad.·Â Estar inscrito en el ROMA durante el último a nombre del solicitante de la ayuda (ver excepciones en la orden).·Â Encontrarse en condiciones de uso y no abandono.·Â Ser entregado a un centro autorizado de tratamiento.·Â Causar baja definitiva en el ROMA.ÂRequisitos del nuevo tractor o máquina:·Â Ser adquirido en fecha posterior a la de solicitud de la ayuda.·Â Quedar inscrito como de primera adquisición en el ROMA.ÂRégimen de concesión:·Â Concurrencia competitiva (ver baremo en la orden).ÂCuantía de la ayuda:·Â Base 80€/CV achatarrado a los que hay que sumar incentivos (ver incentivos en la orden).·Â La ayuda no superará los siguientes topes por beneficiario:·Â 12.000 euros en el caso de adquisición de tractores·Â 15.000 euros en el caso de adquisición de tractores sin estructura de protección homologada, o que junto con el tractor se achatarre un equipo de tratamiento fitosanitario o de distribución de fertilizantes (inscritas en el ROMA a nombre del solicitante)·Â 30.000 euros en el caso de equipos automotrices de recolección.·Â 30% de la inversión en el resto de máquinas automotrices y máquinas arrastradas o suspendidas.ÂPlazo límite para solicitar la ayuda: 3 de agostoÂOrden boa n 140

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Preguntas frecuentes

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
¿Cuándo necesito un asesor para mi explotación?

Ver Lista cultivos exentos de asesoramiento

Ej.: En una explotación de más de 5 hectáreas de alfalfa en regadío se va a necesitar un asesor para este cultivo.

¿Puedo acceder a las ayudas si no tengo maquinaria vieja?

No puedes acceder a las ayudas si no tienes maquinaria vieja. Una de las bases de esta ayuda es que se achatarre la maquinaria vieja.

¿Cuándo puede solicitarse la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior.

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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