Publicado el 18/06/2010

Técnicas De Laboreo Autorizadas En Parcelas De Cultivos Herbáceos De Secano En Cumplimiento De La Condicionalidad

El Real Decreto 486/2009, que regula la Condicionalidad a nivel estatal, y la Circular de la Dirección General de Producción Agraria de la Diputación General de Aragón publicada con fecha 17 de julio de 2009, establecen las restricciones a efectuar laboreo en las parcelas de secano implantadas de cultivos herbáceos, una vez que los mismos han sido recolectados.Estas restricciones varían en función de la zona productiva en la que ubican las parcelas, así como de la técnica de laboreo empleada. Para su fácil comprensión las incluimos en la siguiente tabla: ZONAS PRODUCTIVAS FECHAS INICIO LABORES PRESIEMBRA Tipo de labores de presiembra Labores con volteo (vertedera) Labores sin volteo (cultivador, subsolador, chisel, grada de discos) Rendimientos iguales o superiores a 2,0 Tm/ha 10 de julio sin limitación Rendimientos inferiores a 2,0 Tm/ha 1 de septiembre sin limitación Excepciones a la norma: Parcelas en las que se efectúe más de un cultivo anual. Parcelas en las que se aplique estiércol o purines (informar previamente a la OCA). Parcela afectadas por medidas agroambientales (ver las restricciones propias de cada medida).

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Preguntas frecuentes

¿Qué plazos tengo para asegurar el cereal?

Esta cuestión es de vital importancia para la explotación. Preguntar en cada departamento de seguros. 

¿Por qué contratar un seguro de retirada y destrucción de animales muertos con el sistema de seguros

Garantiza incluso la mortalidad no habitual de una explotación.

Cubre la recogida y destrucción por sacrificios en la explotación, decretados por la Administración.

¿Puedo aplicar fuera de mi explotación con el carnet básico de aplicador de fitosanitarios?

No, para ello es necesario tener el carnet nivel cualificado.

¿Puedo solicitar en ASAJA ayuda para mis trámites con la Seguridad Social?

Sí.  En ASAJA prestamos a nuestros socios todos los servicios relacionados con la Seguridad Social:  contratos, nóminas, autónomos, partes de baja, certificados, alta de notificaciones telemáticas, etc.

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de producción y movimiento de estiércol?

Existe obligatoriedad si:

  1. La explotación ganadera se encuentra en Zona Vulnerable.
  2. Si se trata de instalaciones de ganadería intensiva y tienen una capacidad de animales superior a unos mínimos establecidos. Así por ejemplo, una explotación con capacidad de 1.999 cerdos de cebo no estará obligada pero si una con 2.001 animales.
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