Publicado el 22/12/2020

Subvenciones de modernización e incorporación de jóvenes a la agricultura

MUY IMPORTANTE

AYUDAS Y SUBVENCIONES

SUBVENCIONES DE MODERNIZACIÓN E INCORPORACION DE JOVENES A LA AGRICULTURA

Según nos informan desde el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón está previsto que el día 24 de diciembre salen las AYUDAS DE INCORPORACIÓN Y MODERNIZACIÓN para el año 2021

EN ASAJA HUESCA TE AYUDAMOS A ELABORAR EL PLAN EMPRESARIAL Y A COMPLETAR TODO EL EXPEDIENTE NECESARIO PARA PODER SOLICITAR ESTAS AYUDAS.

NOVEDADES EN LOS GASTOS E INVERSIONES DE MODERNIZACIÓN. CONVOCATORIA 2021 (LO ESCRITO EN ROJO):

  • a) Construcción o mejora de bienes inmuebles.
    • a.1). Los alojamientos ganaderos e instalaciones complementarias, incluidos sistemas de alimentación mecanizada para vacuno de leche, vacuno de carne (excluido el cebo de terneros), equino para la producción de carne, ovino, caprino y cunícola. Asimismo, podrán subvencionarse inversiones para las explotaciones de apicultura.
    • a.2). Los invernaderos y otras instalaciones complementarias destinadas a cultivos intensivos que se orienten a la producción de hortalizas, frutas y hongos comestibles.
    • a.3). Los almacenes de maquinaria e insumos agrarios adecuados a la dimensión características de la explotación.
  • b) Compra de nueva maquinaria y equipo.
    • b.1). Máquinas de siembra directa arrastradas, gradas de púas, picadoras desbrozadoras y otros elementos para la práctica de agricultura de conservación.
    • b.2). Sistemas de autoguiado de labores agrarias y sistemas que mejoren la ergonomía de la maquinaria agraria (asientos, etc..).
    • b.3). Maquinaria de uso ganadero tales como: hileradoras, empacadoras o rotoempacadoras, desemboladoras, ensiladoras, equipos unifeed, palas cargadoras, cubas para el transporte de agua, cubas de purín, remolques esparcidores de estiércoles sólidos,…
    • b.4). Las torres antiheladas, defensa antigranizo, vallado de plantaciones y otros sistemas de protección.
  • c) Costes generales vinculados a las inversiones auxiliables tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad y licencias de obra.
  • d) Adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas, que pueden incluir entre otros:
    • d.1). Programas informáticos para la mejora de la gestión de explotaciones agrarias.
    • d.2). Monitorización de cultivos y otros servicios relacionados con la agricultura de precisión.
    • d.3). Elementos que promuevan la digitalización y el uso de herramientas telemáticas, el acceso a redes y, en general, la agricultura 4.0.
  • e) Inversiones para cumplir normas de la Unión Europea aplicables a la producción agraria y a la seguridad laboral.
  • f) Las inversiones necesarias para el traslado por interés público, motivado por razones higiénico-sanitarias o ambientales,..
  • g) RIEGOS
  • h) Plantaciones frutales, de olivo y de frondosas de crecimiento lento micorrizadas con “tuber melanosporum”. Incluirá la preparación previa del terreno, la adquisición de planta y de royalties, en su caso, las medidas de protección o de conducción y vallado perimetral.

SOLICITA toda la información que necesites en
Barbastro en el 974 313 242, o en Huesca en el 974 240 061

Otras entradas de la misma categoría

Preguntas frecuentes

¿Puedo asegurar un objeto por encima de su valor de tasación?

Podría hacerlo, pero no es una práctica muy recomendable, ya que pagare una prima más elevada y, si ocurre el siniestro, me indemnizarán como máximo por el valor del daño sufrido (que coincidirá, generalmente, con el valor de tasación).

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o deducir de dicho importe el IVA?

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o se debe deducir de dicho importe el IVA?

El importe que se debe consignar es el importe total de la factura.

Cuando se ha adquirido gasóleo con cheques-gasóleo bonificado y el titular del establecimiento de venta minorista ha expedido factura, ¿se debe consignar en la solicitud de devolución el número de factura y el resto de los datos de la misma?

Las adquisiciones de gasóleo bonificado para las que el medio de pago utilizado haya sido el cheque gasóleo-bonificado, solo deben figurar en el apartado de la solicitud titulado “Adquisiciones realizadas mediante Cheques gasóleo”.

¿Presta ASAJA información y asesoramiento en relación contratos de arrendamientos rústicos?

Sí, podemos asesorarle y ayudarle a formalizar este tipo de contratos y a resolver cualquier duda al respecto.

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

Resumen de privacidad
ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

Puede configurar sus preferencias y elegir como quiere que sus datos sean utilizados para los siguientes propósitos.

Strictly Necessary Cookies

Strictly Necessary Cookie should be enabled at all times so that we can save your preferences for cookie settings.

Cookies de terceros

<strong>GOOGLE ANALYTICS</strong>

Esta web utiliza servicios de análisis, concretamente, <strong>Google Analytics</strong> para ayudar al website a analizar el uso que hacen los usuarios del sitio web y mejorar la usabilidad del mismo, pero en ningún caso se asocian a datos que pudieran llegar a identificar al usuario. <strong>Google Analytics</strong> es un servicio analítico de web prestado por Google Inc. El usuario puede consultar <a href="https://www.google.es/intl/es/policies/technologies/types/" target="_blank" rel="noopener"><em>aquí</em></a> el tipo de cookies utilizadas por Google.