Revista Asaja Aragón – Septiembre 2014

Revista Asaja Aragón – Septiembre 2014
En el número 73 de la revista de ASAJA Aragón podrás encontrar un resumen del IV Congreso Ibérico del Maíz celebrado en Barbastro, además de la entrega de premios del II Concurso Periodista Agro Escolar que organiza nuestra organización agraria.
Jóvenes agricultoras y ganaderas como Patricia Martínez y Marina Malo, ofrecen esperanza y optimismo para el mundo rural aragonés. Ellas son las protagonistas de nuestra publicación.
Al inico del 2025 en nuestra portada asuntos que nos preocupan: -Ley de Bienestar Animal en el Transporte: sobrecoste de 332€/100km en vacuno y 214€/100km en ovino -Ley de Agricultura Familiar en Aragón: urge derogar los artículos 8,15 y 29
En esta situación podemos encontrarnos con dos casos en la que presenten obligatoriedad en la realización de este cuaderno.
Sí. En ASAJA prestamos a nuestros socios todos los servicios relacionados con la Seguridad Social: contratos, nóminas, autónomos, partes de baja, certificados, alta de notificaciones telemáticas, etc.
¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o se debe deducir de dicho importe el IVA?
El importe que se debe consignar es el importe total de la factura.
Cuando se ha adquirido gasóleo con cheques-gasóleo bonificado y el titular del establecimiento de venta minorista ha expedido factura, ¿se debe consignar en la solicitud de devolución el número de factura y el resto de los datos de la misma?
Las adquisiciones de gasóleo bonificado para las que el medio de pago utilizado haya sido el cheque gasóleo-bonificado, solo deben figurar en el apartado de la solicitud titulado “Adquisiciones realizadas mediante Cheques gasóleo”.
- Régimen de Pago Base y Pago Verde
- Régimen de Pequeños Agricultores
- Pago complementario a Jóvenes Agricultores
- Ayudas Asociadas Agrícolas y Ganaderas
- Ayudas Agroambientales
- Ayudas a Zonas con Limitaciones Naturales u Otras Limitaciones Específicas
- Ayudas a la Forestación de tierras agrícolas
- Devolución porcentaje líneas de seguros agrícolas y ganaderos contratados.
Para informarte mejor sobre cada una de estas ayudas, no dudes en ponerte en contacto con ASAJA y resolveremos tus dudas
Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.
Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.
Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.