Publicado el 28/01/2010

Se Inicia El Curso De «cultivos No Tradicionales»

Se ha llevado a cabo la prueba de selección para el curso de Cultivos no tradicionales, que comenzará el próximo día 1 de febrero, impartido por Jóvenes Agricultores del Altoaragón con la financiación del INAEM. Existían casi 70 aspirantes para un curso que oferta 30 plazas.Este curso de 250 horas lectivas (230 h telemáticas vía web y 30 h presenciales) y que comienza el 1 de febrero, se desarrollará hasta el 31 de mayo, y se entrega diploma a su conclusión. Se acerca a cultivos como la trufa, agroenergéticos, forestales, invernaderos y biomasa, y habrá varias jornadas de visita a explotaciones.

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Preguntas frecuentes

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

¿Qué necesito presentar para poder acceder al Plan Renove de Maquinaria?

Nosotros realizaremos el trámite y solicitud. Tu simplemente aportanos lo siguiente:

Facturas de la maquinaria nueva

Certificado de achatarramiento

Tarjetas de ROMA

Identificación de la explotación...

¿Puedo solicitar una analítica de suelos en cualquier laboratorio?

Es muy importante que sea un laboratorio acreditado por la Administración y certificado según normativa europea.

 

¿Existen bonificaciones para la contratación de trabajadores?

Dependiendo de la modalidad de contratación, existen diferentes tipos de bonificaciones, siempre cumpliendo una serie de requisitos, tanto la empresa que contrata como el trabajador.

¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

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