Publicado el 11/05/2012

Se Autoriza El Laboreo Y Pastoreo En Las Parcelas Acogidas Al Plan Nacional De Fomento De Las Rotaciones En Secano

Según Resolución del Director General de Producción Agraria, y dadas las excepcionales condiciones de sequía que sufre nuestra provincia, se autoriza hasta el 31 de mayo el laboreo o aprovechamiento ganadero de las parcelas acogidas al Plan Nacional de Fomento de Rotaciones de Rotaciones en Secano y que no vayan a completar su ciclo vegetativo y ser recolectados.Para ello deberemos seguir los siguientes pasos:1. Dirigirnos a nuestra OCA correspondiente para solicitar el laboreo o el aprovechamiento, con al menos dos días naturales de antelación.2. Efectuar el laboreo o pastoreo, dejando en los recintos unas muestras testigo representativa y homogénea, sin labrar ni pastorear, de al menos el 2% de la superficie (200 metros cuadrados por cada hectárea), a ser posible en la zona de más fácil acceso.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo puede solicitarse la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior.

¿Puedo aplicar fuera de mi explotación con el carnet básico de aplicador de fitosanitarios?

No, para ello es necesario tener el carnet nivel cualificado.

¿Infraseguro? ¿Sobreseguro?

Estas son dos situaciones que se pueden dar a la hora de asegurar una vivienda. En cada una de ellas, se atribuye un valor al objeto (o vivienda) asegurado por debajo o por encima de que realmente tiene. Ante una circunstancia de este tipo, en caso de producirse un siniestro, la entidad aseguradora tiene derecho a aplicar la regla proporcional.

¿Cómo se solicita la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Hay que solicitarlo exclusivamente de manera telemática, a través de la página de la Agencia Tributaria.

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

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