Publicado el 14/11/2024

Se aumenta el tope máximo de las ayudas a mínimis

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado real decreto por el que se eleva el tope máximo de las ayudas de minimis en el sector agrícola y pesquero [1] y se regula el procedimiento para garantizar que no se sobrepasan los topes nacional y sectorial establecidos en la normativa europea.

Se armoniza para toda España el importe de las ayudas de minimis que pueden concederse a una única empresa durante tres años, que pasa de 20.000 a 25.000 euros en el caso del sector de la agricultura, y de 30.000 a 40.000 euros en el caso del sector de la pesca y la acuicultura.

Se aumenta, por tanto, el margen de las empresas agrarias y de la pesca y la acuicultura para recibir ayudas de minimis, toda vez que una parte importante de los apoyos destinados a esos sectores para paliar los efectos de la guerra de Ucrania se han concedido en base a dicho régimen y se garantizar que no se superan los topes establecidos por la normativa comunitaria en este tipo de ayudas, lo que garantiza seguridad jurídica a los perceptores y adecua el marco a futuro ante posibles cambios reglamentarios.

Además, se prevé la incorporación automática de los límites que se pudieran aprobar en el marco de la modificación de dicha normativa europea, que actualmente se encuentra a debate, y que tiene como finalidad ampliar los límites de minimis en el sector agrario y eliminar los topes sectoriales.

NOTA: Según informa el COPA-COGECA, se ha filtrado un nuevo documento de propuesta de revisión del reglamento de minimis agrícola por parte de la CE. Según un texto filtrado,  la Comisión ha propuesto las siguientes disposiciones:

•             El texto propone un nuevo aumento del mínimo de 42.000 euros por empresa cada 3 años (por encima de los 37.000 que se propuso inicialmente).

•             Se mantiene el uso obligatorio, a partir del 1 de enero de 2026,de un registro central para las ayudas de minimis a nivel nacional o de la UE.  La ayuda se registraría en un plazo de 20 días a partir de su concesión, y  los registros se conservarían durante un período de 10 años a partir de la fecha en que se concedió la ayuda de minimis.

•             Si bien se aumentaría el umbral de minimis, no se aumentarían los límites máximos nacionales , lo que limitaría comparativamente el número de empresas que podrían recibir ayuda, en comparación con la propuesta original.

•             Los Estados miembros dispondrán de algunos días para formular observaciones sobre esta propuesta antes de que la revisión propuesta esté finalizada en las próximas semanas.

Algunos Estados miembros  apoyan un incremento hasta los 50.000 euros. También hay cierto apoyo para aumentar aún más los límites máximos nacionales, en consonancia con el aumento de minimis

[1] Los minimis son ayudas o subvenciones públicas a empresas por cuantías menores que se consideran no distorsionan la competencia ni afectan negativamente al comercio entre los Estados miembros de la Unión Europea (UE).

Otras entradas de la misma categoría

Preguntas frecuentes

¿Puedo solicitar la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos del gasóleo B en ASAJA?

Sí, en ASAJA realizamos este trámite para nuestros socios.

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
¿Qué servicios presta Asaja Huesca a nivel laboral?

En Asaja te prestamos todos los servicios a nivel laboral que precises, entre otros: contratación laboral, todos los trámites ante la Seguridad Social de los trabajadores y a nivel patronal, realización de nóminas, tramitación de bajas laborales, finiquitos y despidos, Certificados de Empresa, Resolución de incidencias con la Inspección de Trabajo, notificaciones telemáticas con los diferentes organismos,…

¿Qué servicios fiscales presta ASAJA a sus asociados?
  • Declaraciones de renta
  • Liquidaciones de IVA
  • Confección de los libros obligatorios
  • Requerimientos y certificados
  • Altas, bajas y modificaciones en la actividad agropecuaria
  • Sociedades civiles
  • Obtención de la firma electrónica
  • Y en general, todas aquellas obligaciones fiscales de personas físicas y sociedades 
¿Puedo acceder a las ayudas si no tengo maquinaria vieja?

No puedes acceder a las ayudas si no tienes maquinaria vieja. Una de las bases de esta ayuda es que se achatarre la maquinaria vieja.

Resumen de privacidad
ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

Puede configurar sus preferencias y elegir como quiere que sus datos sean utilizados para los siguientes propósitos.

Strictly Necessary Cookies

Strictly Necessary Cookie should be enabled at all times so that we can save your preferences for cookie settings.

Cookies de terceros

<strong>GOOGLE ANALYTICS</strong>

Esta web utiliza servicios de análisis, concretamente, <strong>Google Analytics</strong> para ayudar al website a analizar el uso que hacen los usuarios del sitio web y mejorar la usabilidad del mismo, pero en ningún caso se asocian a datos que pudieran llegar a identificar al usuario. <strong>Google Analytics</strong> es un servicio analítico de web prestado por Google Inc. El usuario puede consultar <a href="https://www.google.es/intl/es/policies/technologies/types/" target="_blank" rel="noopener"><em>aquí</em></a> el tipo de cookies utilizadas por Google.