Publicado el 11/08/2010

Sale A Información Pública El Decreto Que Regula Las Indemnizaciones Por Daños Causados Al Ganado Vivo Por El Buitre Leonado

Hoy sale a información pública en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) el decreto que regula las indemnizaciones por daños causados al ganado vivo por el buitre leonado en la Comunidad Autónoma de Aragón. ÂEste decreto responde al interés del Departamento de Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Desarrollo Sostenible y Biodiversidad, de dar respuesta a la demanda de los ganaderos que se ven afectados por los daños ocasionados por las aves carroñeras, especialmente, por el buitre leonado, especie considerada de “interés especial” en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas y por tanto también en el de Aragón.ÂEl borrador de este documento se presentó en la Mesa de Trabajo del Buitre que se celebró el pasado mes de abril. Desde entonces, asociaciones de agricultores y ganaderos, organizaciones conservacionistas, y los Departamentos de Medio Ambiente y Agricultura y Alimentación del Gobierno de Aragón han trabajado sobre el texto y han realizado sus aportaciones para elaborar el texto que hoy sale a información pública. ÂMecanismo de indemnizaciónÂSegún indica el texto del decreto, estas indemnizaciones se determinarán según un baremo similar a los aplicados en materia de sanidad animal para el sacrificio obligatorio de animales.ÂPara solicitar la indemnización, el supuesto ataque deberá ser comunicado al Departamento de Medio Ambiente en el plazo máximo de 24 horas desde que se haya producido. Los daños deberán ser evaluados por un Agente de Protección de la Naturaleza (APN) y un veterinario, que se personará en el lugar de los hechos en un plazo máximo de 24 horas desde el aviso. Éste deberá analizar la situación, examinar el animal o animales afectados y, si es preciso, realizar la necropsia y tomar las muestras que se consideren oportunas. El examen de los animales o de sus restos, la toma de muestras o la necropsia deberán realizarse siempre en presencia del APN y del ganadero.ÂEl ganadero deberá justificar la titularidad del ganado, incluir una declaración jurada de que el incidente objeto del acta no está cubierto por ningún seguro. Además, el ganadero deberá aplicar una serie de medidas preventivas para verificar las causas del ataque. En este sentido, los restos no podrán ser movidos del lugar donde hayan sido encontrados, deberán estar cubiertos para preservarlos de la acción de los propios buitres o de otros animales y, en el caso de animales heridos, se separarán del resto del rebaño y se protegerán de nuevos ataques de depredadores.ÂNotificar el ataque después de que hayan transcurrido 24 horas, o no cumplir con las medidas preventivas señaladas, será causa para desestimar la reclamación.ÂTampoco se procederá a indemnizar cuando se constate la existencia previa de estado de desnutrición o de una enfermedad que afecte a la capacidad motriz o de autodefensa del animal, cuando no puedan atribuirse las heridas o la muerte al ataque de buitres leonados, o cuando se constate que las heridas o la muerte de las reses se han producido con anterioridad a la intervención de los buitres.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo comprar productos fitosanitarios sin tener el carnet de aplicador para tratar el huerto?

No, ninguna empresa o casa comercial puede vender productos a una persona que al menos debería tener mínimo el carnet de aplicador nivel básico.

¿Cómo se efectúa la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

En base a las solicitudes de devolución presentadas, la Oficina Gestora de los Impuestos Especiales correspondiente al domicilio fiscal del beneficiario de la devolución acordará la misma y efectuara la transferencia bancaria a la cuenta indicada por aquél.

Los interesados podrán hacer el seguimiento de sus solicitudes y de las devoluciones practicadas consultando la mencionada página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

¿Cuándo puede solicitarse la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior.

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de fertilización?

En esta situación podemos encontrarnos con dos casos en la que presenten obligatoriedad en la realización de este cuaderno.

  1. Presenten PAC y al menos alguna de sus parcelas estén situadas en Zona Vulnerable. En este caso, solamente deberá entregarse el cuaderno de fertilización aplicada con las parcelas que se encuentren en esta situación.
  2. Si han solicitado ayuda de incorporación y/o modernización y aunque ninguna de sus parcelas agrícolas se encuentren en Zona vulnerable. Se deberá realizar el cuaderno de fertilización de todas las parcelas que se encuentren en su PAC.
¿Qué ocurre si no tengo el cuaderno de campo actualizado?

Reducción o exclusión del beneficio de los pagos directos.  Por el incumplimiento de las buenas condiciones agrarias y mediambientales que deben cumplir los agricultores que reciban pagos directos en el marco de la política agrícola común, los beneficiarios de determinadas ayudas de desarrollo rural, y los agricultores que reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión y a la prima por arranque de  viñedo.

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