Publicado el 15/05/2025

Reforma de la Ley de Agricultura Familiar de Aragón

ASAJA Aragón califica de gran noticia para el campo aragonés la reforma aprobada hoy en las Cortes de Aragón de la Ley de Agricultura Familiar de Aragón.

 

ASAJA Aragón ha trabajado desde su puesta en marcha para la derogación de esta por el perjuicio que para agricultores y ganaderos causaba, como las unidades mínimas de cultivo, las distancias entre granjas o el legado familiar.

 

La urgencia que para las explotaciones familiares agrarias suponía la modificación de esta ley, ha llevado a ASAJA Aragón, a trabajar intensamente desde que en febrero de 2013 se pusiera en marcha la llamada Ley de Agricultura Familiar de Aragón. Desde entonces han sido numerosas e intensas las reuniones mantenidas con el ejecutivo aragonés y representantes de los grupos políticos de las Cortes de Aragón para la modificación de los artículos más gravosos como el 8, 19, 25 y 50.

 

Las Cortes de Aragón iniciaban el pasado 10 de abril el trámite parlamentario para la derogación / modificación de estos artículos. Ha sido hoy, 15 de mayo, cuando con los votos a favor del PP, VOX y PAR, en contra de IU y Podemos y la abstención del PSOE, Aragón -Teruel Existe y CHA, se ha aprobado la iniciativa tramitada por el procedimiento de lectura única propuesta por el grupo parlamentario de VOX. 

 

Desde ASAJA Aragón se aplaude este primer paso tan importante para que “esta ley aragonesa se adecue a la realidad de las explotaciones familiares agrarias y ganaderas de la comunidad. Siempre hemos afirmado que una Ley aragonesa no podía ser más restrictiva que la europea. Ha habido en este tiempo jóvenes agricultores que no han podido incorporarse por la ley impuesta por el anterior ejecutivo, una ley que nunca contó con el consenso del sector. Hoy, día de San Isidro, es una gran noticia que las Cortes de Aragón hayan aprobado la reforma de estos artículos”. Con estas palabras mostraba su satisfacción el secretario general de ASAJA Aragón, Ramón Solanilla.

 

ASAJA Aragón recuerda que apoya la derogación/modificación de los artículos 8, 19, 25 y 50 de la Ley de Agricultura Familiar de Aragón ya que afectan a asuntos tan importantes como los expedientes de incorporación de jóvenes agricultores paralizados por esta ley, como también a los cambios de titularidades en tierras reservadas en zonas regables, las distancias mínimas entre granjas o las herencias familiares.

 

En la modificación también se contemplan eliminar las unidades mínimas de cultivo en secano y regadío que no tenían en cuenta el modelo de explotación familiar agraria predominante en nuestra comunidad. Durante el año 2024 las restricciones marcadas por la Ley de Agricultura Familiar de Aragón conllevaron el abandono del sector de un número importante de agricultores y ganaderos además de la imposibilidad de incorporarse a jóvenes o la imposibilidad de ampliación de granjas.

 

El trabajo de los técnicos de ASAJA Aragón junto a representantes políticos en el Gobierno y Cortes de Aragón han dado sus frutos con la reforma aprobada en este día en el Pleno de las Cortes.

 

“Estamos satisfechos por la aprobación de la modificación de artículos que estaban lastrando al día a día de las explotaciones familiares agrarias, pero, seguiremos trabajando en la reforma total de la Ley de Agricultura Familiar, dentro del proceso participativo abierto por el Gobierno de Aragón. Hay que adaptar la ley al modelo de explotación aragonesa”, reitera el secretario general de ASAJA Aragón.

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Preguntas frecuentes

¿Qué debe de cumplir la maquinaría con la que realizo los tratamientos fitosanitarios?

La maquinaría debe estar inscrita en el ROMA y tener la ITEAF vigente.

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

¿Puedo realizar otros trámites relacionados con la PAC en mi solicitud conjunta?

Si, en la Solicitud Conjunta además de todas las Ayudas anteriormente descritas se pueden realizar los siguientes trámites:

- Cesiones de Derechos de Pago Base

- Solicitud de Derechos de Pago Base a la Reserva Nacional

- Alegaciones al SIGPAC

Para informarte mejor sobre cada una de estas solicitudes, llámanos a nuestras oficinas de ASAJA HUESCA y un técnico resolverá tus dudas.

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Puedo solicitar en ASAJA ayuda para mis trámites con la Seguridad Social?

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