Publicado el 05/03/2010

Principio De Acuerdo Entre Marm Y Organizaciones Agrarias

El Ministerio de MARM, las organizaciones agrarias y las cooperativas alcanzaron ayer un principio de acuerdo para el sector agrario, según informó el Subsecretario del MARM, Santiago Menéndez de Luarca. El acuerdo supondrá una inyección de liquidez para agricultores y ganaderos próxima a los 2.400 millones de euros. La reunión estuvo presidida por la titular del ministerio, Elena Espinosa.Según informó el propio ministerio, va a poner en marcha una Orden Ministerial de próxima publicación en el BOE y que supone una inyección de liquidez para el sector agrario de cerca de 2.400 millones de euros, con medidas que suponen la participación del MARM en la línea ICO liquidez con la que se aportarán 1.300 millones de euros, así como a través del Convenio con SAECA, la prórroga del Plan de Estimulo a la Inversión o la moratoria de 2 años en la Línea de Poyo al sector ganadero 2008-2015. En el encuentro también se acordaron medidas relativas al apoyo a la exportación del sector agroganadero y de representatividad.

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Preguntas frecuentes

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
¿Qué plazos tengo para asegurar el cereal?

Esta cuestión es de vital importancia para la explotación. Preguntar en cada departamento de seguros. 

¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

¿Puedo aplicar fuera de mi explotación con el carnet básico de aplicador de fitosanitarios?

No, para ello es necesario tener el carnet nivel cualificado.

¿Puedo solicitar en ASAJA ayuda para mis trámites con la Seguridad Social?

Sí.  En ASAJA prestamos a nuestros socios todos los servicios relacionados con la Seguridad Social:  contratos, nóminas, autónomos, partes de baja, certificados, alta de notificaciones telemáticas, etc.

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