Publicado el 14/05/2010

Principio De Acuerdo Con Clesa

El director general de Nueva Rumasa (propietaria de Clesa), Álvaro Ruíz Mateos, se reunía ayer con una representación de la Asociación de Productores de Leche de Aragón (APLA) con la intermediación de la consejería de Agricultura para intentar limar asperezas tras la denuncia de impagos por parte de los ganaderos que trabajan con esta firma láctea. Los productores habían manifestado que se les adeudaba desde enero una cantidad cercana a los 3 millones de euros, situación que les tenía asfixiados económicamente, circunstancia negada por Clesa que aludía a retrasos por las circunstancias del mercado.La empresa láctea manifestó que se habían producido retrasos en los pagos a 90 días pactados con los productores, comprometiéndose a abonar en breve esas deudas, pero los productores seguirán después cobrando a 90 días si la situación de mercado no cambia (circunstancia bastante improbable ahora mismo según vemos la economía mundial). Una de las quejas de los productores es que los pagarés emitidos por Clesa no contaban con la confianza de las entidades bancarias, que exigían a los ganaderos avales de su propio patrimonio para hacer efectivos esos pagos. Ayer Nueva Rumasa solicitó la mediación de la consejería para que pida a las entidades de crédito que abran un servicio de gestión de los pagos de los productores avalados por la garantía de patrimonio de la propia Nueva Rumasa.ASAJA ya se había dirigido por escrito en febrero a la dirección del grupo Clesa para solicitar una entrevista ante las quejas de los ganaderos por impagos recibidas por nuestra organización. Estaremos atentos a la definitiva resolución a esta problemática, si bien seguimos siendo de la opinión de que los pagos a 90 días en el eslabón productor de la cadena alimentaria (nosotros, el más débil) hace que sigamos siendo los agricultores y ganaderos los que financiamos las operaciones con nuestro esfuerzo y viendo peligrar nuestro patrimonio mientras otros eslabones no exponen nada.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo se solicita la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Hay que solicitarlo exclusivamente de manera telemática, a través de la página de la Agencia Tributaria.

¿Cómo se efectúa la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

En base a las solicitudes de devolución presentadas, la Oficina Gestora de los Impuestos Especiales correspondiente al domicilio fiscal del beneficiario de la devolución acordará la misma y efectuara la transferencia bancaria a la cuenta indicada por aquél.

Los interesados podrán hacer el seguimiento de sus solicitudes y de las devoluciones practicadas consultando la mencionada página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

¿Existen bonificaciones para la contratación de trabajadores?

Dependiendo de la modalidad de contratación, existen diferentes tipos de bonificaciones, siempre cumpliendo una serie de requisitos, tanto la empresa que contrata como el trabajador.

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de fertilización?

En esta situación podemos encontrarnos con dos casos en la que presenten obligatoriedad en la realización de este cuaderno.

  1. Presenten PAC y al menos alguna de sus parcelas estén situadas en Zona Vulnerable. En este caso, solamente deberá entregarse el cuaderno de fertilización aplicada con las parcelas que se encuentren en esta situación.
  2. Si han solicitado ayuda de incorporación y/o modernización y aunque ninguna de sus parcelas agrícolas se encuentren en Zona vulnerable. Se deberá realizar el cuaderno de fertilización de todas las parcelas que se encuentren en su PAC.
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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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