Publicado el 17/06/2024

Presentación de la Cátedra Interuniversitaria de Nutrición, Salud y Sector Agroalimentario

La Fundación Ortega-Marañón, en colaboración con la Fundación ASAJA y el Foro Interalimentario, organiza la presentación de la Cátedra Interuniversitaria de Nutrición, Salud y Sector Agroalimentario. Este evento se llevará a cabo el 21 de junio de 2024 en la Fundación Ortega-Marañón, ubicada en Calle de Fortuny, 53, Madrid.

Programa del Evento:

  • 11:00 h. – 11:30 h. Inauguración
    • Ana Matorras, secretaria de la Comisión de Seguimiento de la Cátedra.
    • Fernando Bandrés, director del Centro de Estudios Gregorio Marañón de la Fundación Ortega-Marañón.
    • Pedro Barato, presidente de la Fundación ASAJA.
    • Víctor Yuste, director general del Foro Interalimentario.
    • Lorena Ruiz, directora de Negocio Agroalimentario Santander España.
  • 11:30 h. – 12:15 h. Ponencia Magistral: “Nutrición, Salud y Sector Agroalimentario”
    • Antonio Escribano, director de la Cátedra Interuniversitaria de Nutrición, Salud y Sector Agroalimentario.
  • 12:15 h. – 13:30 h. Mesa Redonda
    • Moderador: Rafael Navas Ferrer, director adjunto de la Cátedra.
    • Ponentes:
      • Felipe Medina Martín, secretario general Técnico de ASEDAS.
      • Almudena Villegas, miembro de número de la Real Academia de Gastronomía Española.
      • Giuseppe Aloisio, director general de ANICE.
      • Sergio Atarés Real, director general de Fertinagro.
      • Juan José Álvarez, director de la Fundación ASAJA.
  • 13:30 h. – 14:00 h. Clausura
    • Lucía Salas, directora de la Fundación Ortega-Marañón.
  • 14:00 h. Copa de vino español en los jardines de la Fundación Ortega-Marañón.

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Preguntas frecuentes

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

¿Puedo aplicar fuera de mi explotación con el carnet básico de aplicador de fitosanitarios?

No, para ello es necesario tener el carnet nivel cualificado.

¿Qué es un copago?

Los copagos son abonos que se hacen cuando se utilizan ciertos servicios del seguro médico, y según el producto contratado pueden estar incluidos o no. Estos copagos se cobran en servicios fuera de los habituales, para ciertas pruebas, rehabilitaciones o revisiones.

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