Publicado el 24/05/2010

Participamos En Varias Mesas De Contratación

La Dirección General de Fomento Agroalimentario, convocó a las organizaciones para las mesas de los contratos de compraventa para transformación industrial de melocotón, manzana, albaricoque y pera.Las entidades con las que está suscrito el acuerdo son las mismas que años anteriores. Esta ayuda supone 1.600.000 € de gasto para la DGA y cubren una inversión de 100.000.000 €. Se señaló la posibilidad de ampliar estos contratos a la cereza y al melocotón de almíbar (posible al desaparecer la ayuda por transformación). La DGA indicó que estudiarán la posibilidad, sobre todo económica.Se estudiará también la posibilidad de prorrogar los contratos de manzana y pera durante el invierno, con cargo a la nueva orden. En cuanto a las condiciones de pago la nueva redacción de los contratos será que la liquidación será a los 20 días desde la recepción de la factura.Tras esto se pasa a fijar los precios mínimos de estos contratos, quedando:- Para melocotón de carne amarilla 20 €/tn (30 el año pasado) y para el melocotón de carne roja, nectarina y paraguayo 10 €/tn (20 el año pasado).- Para manzana 30 €/tn (40 el año pasado).- Para albaricoque 30 €/tn (al igual que el año pasado).- Para pera se asimila el precio a la manzana.A la hora fijar precios ASAJA votó por precios altos, mientras que industrias, cooperativas y Uaga han defendido precios bajos, llegando está última a pedir un precio mínimo para todos los productos.Dada esta situación desde ASAJA se decide no firmar los contratos, a pesar que desde la DGA se informó que el precio mínimo fijado es indicativo de cara a mercado y que nuestra posición de precios ha constado en acta. A la hora de constituir las comisiones de seguimiento ASAJA se sentará en las de manzana y pera.

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Preguntas frecuentes

¿Puede un autónomo contratar personal?

Un autónomo, al amparo de su actividad agropecuaria y empresarial, puede contratar trabajadores por cuenta ajena como cualquier otra empresa.

¿Qué hay que hacer para cambiar de compañía de seguros?

Hay que enviar una carta de baja a la compañía, firmada por el tomador, con un mes de antelación al vencimiento. La carta ha de ir acompañada por una fotocopia del NIF del tomador. 

Después, quedarse una copia de lo enviado, pues muchas compañías dicen no haberla recibido.

¿Qué plazos tengo para asegurar el cereal?

Esta cuestión es de vital importancia para la explotación. Preguntar en cada departamento de seguros. 

He tenido varios siniestros, ¿pueden subirme la prima?

Si el aumento de prima no está previsto en la póliza, la subida de la prima propuesta por la entidad aseguradora deberá ser aceptada por el tomador. Si la subida propuesta es para la siguiente renovación del contrato, deberán comunicárselo con una antelación mínima de dos meses a la citada renovación En caso de que el asegurado no acepte la subida de la prima, la entidad podrá negarse a prorrogar el contrato para el siguiente periodo de cobertura.

Si no se respeta el plazo de dos meses, la subida de primas no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador, y por tanto la entidad deberá respetar la prima del periodo anterior.

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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