Publicado el 30/09/2009

Para Asaja La Subida Del Iva Aprobada Por El Gobierno De Zapatero Supone Dar La Puntilla Al Sector Agrario

La subida del IVA anunciada por el Gobierno, del 16 al 18% en el tipo general y del 7 al 8% en el reducido, ha caído como un jarro de agua fría para todo el sector agrario. Este aumento va a suponer un importante incremento de precios en todos aquellos productos que necesita adquirir el empresario agrario para desarrollar su actividad, y al contrario que en otras actividades económicas, sin la posibilidad de poder recuperar el IVA de sus gastos. Hay que recordar que la mayoría de los agricultores y ganaderos están acogidos al Régimen Especial de IVA, por lo que no hacen balance trimestral de este impuesto y por tanto, no podrán compensar con la venta de sus productos el mayor IVA pagado por los medios de producción.La medida anunciada por el Gobierno de Zapatero implica un mayor gasto tanto para el consumidor final, con la consiguiente retracción del consumo, como para los empresarios agrarios que va a soportar un incremento muy importante en sus costes de producción en un momento en el que el sector agrario atraviesa una de sus crisis mas grave y generalizada desde la integración de España en la UE, en 1986.Prueba de ello es que en 2008 la renta agraria disminuyó un 8,5% (si tenemos en cuenta la inflación) y mucho nos tememos que los datos de 2009 sean aún mucho peores si tenemos en cuenta la reducción de rendimientos, la caída continuada de precios en origen, la cada vez menor rentabilidad de la mayor parte de las producciones y ahora, el incremento de la presión fiscal que el Gobierno pretende imponer. En opinión de ASAJA la aplicación de esta subida del IVA en el sector agrario será la puntilla para un sector que, por lo menos hasta, era estratégico para la economía del país. De ponerse en práctica la subida del IVA, desde ASAJA se exige al Gobierno que se haga lo mismo con la compensación del IVA que reciben los agricultores y ganaderos por la venta de sus productos y que les supone un ingreso por el que deben tributar a la Hacienda Pública. De hecho el incremento del porcentaje del IVA al 9% para la ganadería, reiteradamente solicitado por ASAJA, ya fue aprobado por el Congreso de los Diputados en mayo pasado, sin que el Gobierno se haya decidido a ponerlo en práctica. En la moción aprobada también se incluía una rebaja del tipo de IVA para las tarifas eléctricas de riego, al tipo reducido del 7%, que ha corrido igual suerte.Por todo ello, consideramos que el Gobierno de Zapatero está ignorando y ninguneando al sector agrario precisamente cuando éste más necesita de políticas de apoyo, por lo que ASAJA intensificará, con carácter inmediato, su campaña de movilizaciones en toda España en defensa de un sector productivo que genera alimentos y por tanto es básico para nuestra economía.

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Preguntas frecuentes

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

¿Puedo acceder a las ayudas si no tengo maquinaria vieja?

No puedes acceder a las ayudas si no tienes maquinaria vieja. Una de las bases de esta ayuda es que se achatarre la maquinaria vieja.

Intento sacar el cuaderno y me da “Error: Checksum PAC es incorrecto” ¿qué debo hacer?

Debe introducir el código de barras de la última PAC registrada, puede haber una Solicitud de Modificación.

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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