Publicado el 25/02/2009

Para Asaja Aragón La Nueva Directiva Europea Sobre Uso De Mano De Obra Ilegal Es Un «serio Obstáculo»

En opinión del secretario regional de ASAJA Aragón, Carlos Ferrer, la normativa aprobada por el Parlamento Europeo que incluye sanciones penales por el uso de mano de obra “sin papeles”, es en cierta manera un despropósito por parte de las autoridades europeas, y en el caso de la agricultura, llevará sin duda a provocar muchísima dificultad para encontrar mano de obra que recoja sus producciones. Para ASAJA Aragón una vez más se opta por “criminalizar” en lugar de intentar solucionar de verdad las necesidades puntuales de mano de obra que tienen algunas regiones españolas y algunas producciones como las frutícolas, “con picos muy concretos de trabajo en los que la demanda es muy fuerte y en los que o se encuentra esa mano de obra o se pierde la producción, así de rotundo”, expresaba Carlos Ferrer. Y es que, según la nueva normativa aprobada, hay sanciones penales previstas por el uso de mano de obra “sin papeles”, amén de fuertes sanciones económicas, e incluso la pérdida de ayudas en 5 años. Para Carlos Ferrer, es muy injusto que se sigan dando pasos en la “criminalización” de la agricultura “y es que cada día tenemos una nueva posibilidad de ser detenidos o denunciados o sancionados: por el bienestar animal, por los fitosanitarios, sanidad, por la maquinaria, por la mano de obra…así no vamos a ninguna parte. No sabemos cual será el mecanismo, pero esta nueva normativa nos perjudica porque no es sólo que no encontremos la rentabilidad a nuestras explotaciones, es que se nos criminaliza y se nos persigue casi más que a los delincuentes comunes. Necesitamos que se nos solucionen las necesidades de mano de obra en momentos puntuales”. Según la nueva directiva aprobada, habrá mecanismos de denuncia que beneficien a los denunciantes, que incluso pueden obtener permisos de trabajo por ello; para ASAJA Aragón, “los agricultores deben, como todo el mundo cumplir la legalidad vigente, y aconsejamos obviamente que no se contraten irregulares, pero esto puede provocar cruces de denuncias por supuestas infracciones que no llevarán a nada bueno”. ASAJA propondrá a la nacional debatir propuestas para consensuar con la administración y que los agricultores y ganaderos no sean los perjudicados últimos de una nueva legislación que parece más buscar la sanción que la solución. “Vamos a colaborar por supuesto con la administración, pero necesitamos que nos escuchen y sepan y solucionen nuestra necesidad de mano de obra”, concluye Ferrer.

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Preguntas frecuentes

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o deducir de dicho importe el IVA?

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o se debe deducir de dicho importe el IVA?

El importe que se debe consignar es el importe total de la factura.

Cuando se ha adquirido gasóleo con cheques-gasóleo bonificado y el titular del establecimiento de venta minorista ha expedido factura, ¿se debe consignar en la solicitud de devolución el número de factura y el resto de los datos de la misma?

Las adquisiciones de gasóleo bonificado para las que el medio de pago utilizado haya sido el cheque gasóleo-bonificado, solo deben figurar en el apartado de la solicitud titulado “Adquisiciones realizadas mediante Cheques gasóleo”.

¿Puede mi banco obligarme a suscribir un seguro cuando contrato una hipoteca?

Aunque la normativa del mercado hipotecario sólo exige un seguro de daños que cubra, como mínimo, el riesgo de incendio por el valor del inmueble, el banco sí puede someter la concesión de un préstamo al cumplimiento de ciertos requisitos, entre ellos la contratación de un seguro de vida o de amortización de préstamos.

En todo caso, la contratación del seguro debe hacerse con su consentimiento.

¿Cómo se efectúa la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

En base a las solicitudes de devolución presentadas, la Oficina Gestora de los Impuestos Especiales correspondiente al domicilio fiscal del beneficiario de la devolución acordará la misma y efectuara la transferencia bancaria a la cuenta indicada por aquél.

Los interesados podrán hacer el seguimiento de sus solicitudes y de las devoluciones practicadas consultando la mencionada página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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