Publicado el 02/09/2011

Para Asaja Aragón, Hay Que Lograr La Interlocución Directa Con La Gran Distribución O Los Fruticultores No Tienen Nada Que Hacer

Hoy ha tenido lugar en Madrid una nueva reunión del Comité Mixto Franco-Hispano-Italiano de Melocotón y Nectarina, en la que por videoconferencia han participado delegaciones de las administraciones, organizaciones de productores y cooperativas para analizar el final de esta campaña tan complicada para los productores de melocotón y nectarina.En la reunión se ha informado de los datos de la retirada de fruta, que ha sido por el momento de 8.200 toneladas en España (un pobre 0,6 a 0,7 de la producción) de las cuales 2.300 Tn se han retirado en Aragón. Desde ASAJA se ha vuelto a ser muy crítico con esta medida de retirada, pues Ramón Portolés recordaba que “en España 2/3 partes de nuestra estructura productiva está fuera de las OP, o sea no nos beneficia la retirada sino más bien lo contrario; creemos que la actual ley de OP debería suavizarse”. Una de las cuestiones que se va a plantear a la UE es que financie la mitad de las ayudas a la retirada que deberían poner las OP.Desde ASAJA Aragón, uno de los puntos fundamentales del debate es la gran distribución. Ramón Portolés lo deja claro: “La interlocución directa con la gran distribución es el quid de la cuestión o no hay nada que hacer; Francia sí ha presionado a sus grandes superficies con los precios de sus producciones; en España no lo hemos hecho”.Los productores han puesto de manifiesto que los profesionales deben hacer propuestas de carácter transversal, incluyendo a Grecia; la crisis no es coyuntural sino más bien estructural, y puede afectar a otras producciones, por lo que hay que buscar equilibrios para hacer retiradas preventivas para evitar llegar a situaciones límite. Otro de los puntos que piden los productores es la Promoción (por ejemplo campañas en los colegios, etc.) y exportación a terceros países como salidas a potenciar.Desde ASAJA Aragón se ha puesto sobre la mesa que hay que hacer un reglamento que arregle los mecanismos de intervención, definir los parámetros que desencadenan las crisis, “y hay que contar con precios soporte para mantener la renta del productor”. De cara a la reunión de Rosa Aguilar su homólogo francés la semana que viene y la reunión de ministros de Agricultura de la UE, se les va a trasladar también cuestiones como que el tanto por ciento de retirada (es un 5%) hay que subirlo, que hay que mejorar la transparencia en la cadena comercial (que haya grupo en la UE) y se planteará la creación de un Observatorio Europeo. Para ASAJA es vital que el MARM se muestre firme y se traslade al comisario Ciolos esa firmeza, pues se tiene la sensación de que “el comisario no ha sido muy sensible que digamos a la crisis que han padecido los productores españoles”.

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Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar la ayuda plan renove de maquinaria agrícola?

Cualquiera que tenga su explotación agrícola en Aragón y tenga maquinaria agrícola vieja para achatarrar

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

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¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

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¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Cuándo necesito un asesor para mi explotación?

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Ej.: En una explotación de más de 5 hectáreas de alfalfa en regadío se va a necesitar un asesor para este cultivo.

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