Publicado el 15/11/2018

Orden ayudas convivencia con Oso-Lobo

Estas ayudas, publicadas en el BOA de 28 de agosto, buscan normalizar la situación generada por estos animales, a pesar de que la convivencia con la ganadería extensiva es imposible. La totalidad del sector de ganadería extensiva ha mostrado su rechazo a la presencia de osos y lobos en el medio rural, dada la imposibilidad de continuar ejerciendo la actividad por los daños producidos por estos animales, causantes de muertes de animales, estrés y nula producción debido a los abortos de las hembras gestantes.

 

ASAJA Aragón ha mostrado siempre el rechazo a la convivencia del oso y el lobo con la ganadería extensiva, oponiéndose a la reintroducción en el caso del oso y proponiendo su extracción en el caso del lobo.

 

Por ello se considera que la línea de ayudas publicadas en el Boletín Oficial de Aragón del 28 de agosto solo busca normalizar y dar un marco legal a una situación insostenible, y que de continuar va a ser la puntilla de muerte para la ganadería extensiva.

 

Estas Ayudas tal como han salido solo buscan enfrentar a los ganaderos entre sí, discriminando a especies como la vaca nodriza y las yeguas, y a los ganaderos de ovino caprino en función del municipio de sus pastos, mientras que el lobo y oso no conoce los límites de términos municipales.

 

En ningún caso la solicitud de estas Ayudas por algunos ganaderos supone la aceptación por parte de estos ganaderos y del sector en general de la presencia de oso y lobo.

La solicitud de estas ayudas lo único que demuestra es la precaria situación económica de las explotaciones de ovino que año tras año ven como su renta disminuye, con el agravante en las zonas de presencia de osos y el lobo de tener que asumir los daños causados por estas especies sin que se les indemnice.

Desde Asaja Aragón se considera que el Gobierno de Aragón debe cuantificar los daños producidos por ambas especies a la ganadería extensiva, y abonar el importe de los mismos a los ganaderos afectados.

 

Asaja Aragón considera incompresible la actitud adoptada por el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón, así como de algunas organizaciones ecologistas, para los que la ganadería extensiva sirve para hacerse la foto, pero no para luchar por su defensa y mantenimiento. Asaja Aragón propondrá el establecimiento de un calendario de protestas y concentraciones hasta que el Gobierno de Aragón contemple las reivindicaciones de la ganadería extensiva, orientadas a la retirada de oso y lobo del medio rural.

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Preguntas frecuentes

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Para poder acceder a las ayudas a la renovación de maquinaria agrícola, se debe tener REGISTRADA EN EL ROMA CON UN MINIMO DE UN AÑO DE ANTELACION LA MAQUINA ACHATARRAR A NOMBRE DEL SOLICITANTE

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SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

¿Cuáles son los requisitos de agricultor activo?

Para ser considerado agricultor activo, el solicitante de las ayudas de la PAC debe acreditar que no realiza ninguna de las actividades excluidas recogidas en el artículo 9.2 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Tampoco se concederán pagos directos si la persona física o jurídica, o el grupo de personas físicas o jurídicas, ejercen el control de una entidad asociada que realiza alguna de estas actividades excluidas. 

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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