Publicado el 20/11/2013

Nuevas Obligaciones En La Identificación De Porcino

La Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario ha informado a Asaja Aragón en una reunión mantenida esta misma mañana.Son obligaciones derivadas de la entrada en vigor del Real Decreto 685/2013, de 16 de septiembre, el cual establece modificaciones en el Real Decreto 205/1996, de 9 de febrero, que establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina.En virtud de esta modificación se obliga a todos los animales de la especie porcina a estar marcados antes de salir de la explotación con una marca, que podrá ser un crotal auricular o un tatuaje.En caso de que se opte por el tatuaje, este deberá contar con la tinta suficiente para ser visible en todo momento, algo que en la actualidad presentaba problemas, sobre todo en el momento del transporte hasta el matadero.En la reunión, a la que han asistido el resto de OPAS y Cooperativas, se ha objetado por parte del sector la poca visibilidad que tiene el tatuaje en cerdos de razas más oscuras, tipo Duroc. Ante esta problemática la solución será optar por el crotal auricular, el cual tiene como inconveniente frente al tatuaje el coste horario de colocación y el mayor precio de compra del mismo.Desde Asaja Aragón se valora esta nueva medida como un inconveniente, derivado de las exigencias de los mercados exteriores, y que no aporta nada al producto final, pues en la actualidad los animales salen de la explotación perfectamente identificados, si bien la marca del tatuaje no es visible hasta la fase de escaldado en matadero.El incumplimiento de esta exigencia puede acarrear una sanción económica, a la que se suma los descuentos en las ayudas PAC debido a condicionalidad y el rechazo de entrada de los animales incorrectamente identificados a matadero.

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Preguntas frecuentes

¿Qué hay que hacer para cambiar de compañía de seguros?

Hay que enviar una carta de baja a la compañía, firmada por el tomador, con un mes de antelación al vencimiento. La carta ha de ir acompañada por una fotocopia del NIF del tomador. 

Después, quedarse una copia de lo enviado, pues muchas compañías dicen no haberla recibido.

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de producción y movimiento de estiércol?

Existe obligatoriedad si:

  1. La explotación ganadera se encuentra en Zona Vulnerable.
  2. Si se trata de instalaciones de ganadería intensiva y tienen una capacidad de animales superior a unos mínimos establecidos. Así por ejemplo, una explotación con capacidad de 1.999 cerdos de cebo no estará obligada pero si una con 2.001 animales.
¿Cómo se otorgan las ayudas al plan renove de maquinaria

Las ayudas siempre se otorgan siguiendo el orden de solicitud de las mismas, siempre y cuando, cumplan con las bases que se exigen

¿Puedo solicitar en ASAJA ayuda para mis trámites con la Seguridad Social?

Sí.  En ASAJA prestamos a nuestros socios todos los servicios relacionados con la Seguridad Social:  contratos, nóminas, autónomos, partes de baja, certificados, alta de notificaciones telemáticas, etc.

¿Por qué contratar un seguro de retirada y destrucción de animales muertos con el sistema de seguros

Garantiza incluso la mortalidad no habitual de una explotación.

Cubre la recogida y destrucción por sacrificios en la explotación, decretados por la Administración.

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