Publicado el 20/11/2013

Nuevas Obligaciones En La Identificación De Porcino

La Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario ha informado a Asaja Aragón en una reunión mantenida esta misma mañana.Son obligaciones derivadas de la entrada en vigor del Real Decreto 685/2013, de 16 de septiembre, el cual establece modificaciones en el Real Decreto 205/1996, de 9 de febrero, que establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina.En virtud de esta modificación se obliga a todos los animales de la especie porcina a estar marcados antes de salir de la explotación con una marca, que podrá ser un crotal auricular o un tatuaje.En caso de que se opte por el tatuaje, este deberá contar con la tinta suficiente para ser visible en todo momento, algo que en la actualidad presentaba problemas, sobre todo en el momento del transporte hasta el matadero.En la reunión, a la que han asistido el resto de OPAS y Cooperativas, se ha objetado por parte del sector la poca visibilidad que tiene el tatuaje en cerdos de razas más oscuras, tipo Duroc. Ante esta problemática la solución será optar por el crotal auricular, el cual tiene como inconveniente frente al tatuaje el coste horario de colocación y el mayor precio de compra del mismo.Desde Asaja Aragón se valora esta nueva medida como un inconveniente, derivado de las exigencias de los mercados exteriores, y que no aporta nada al producto final, pues en la actualidad los animales salen de la explotación perfectamente identificados, si bien la marca del tatuaje no es visible hasta la fase de escaldado en matadero.El incumplimiento de esta exigencia puede acarrear una sanción económica, a la que se suma los descuentos en las ayudas PAC debido a condicionalidad y el rechazo de entrada de los animales incorrectamente identificados a matadero.

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Preguntas frecuentes

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

¿Puedo comprar productos fitosanitarios sin tener el carnet de aplicador para tratar el huerto?

No, ninguna empresa o casa comercial puede vender productos a una persona que al menos debería tener mínimo el carnet de aplicador nivel básico.

¿Cuándo necesito un asesor para mi explotación?

Ver Lista cultivos exentos de asesoramiento

Ej.: En una explotación de más de 5 hectáreas de alfalfa en regadío se va a necesitar un asesor para este cultivo.

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

¿Por qué contratar un seguro de retirada y destrucción de animales muertos con el sistema de seguros

Garantiza incluso la mortalidad no habitual de una explotación.

Cubre la recogida y destrucción por sacrificios en la explotación, decretados por la Administración.

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