Publicado el 09/02/2015

Nueva Obligación Para Agricultores Acogidos Al Régimen Simplificado Del Iva

Aquellos agricultores y/o ganaderos que estén acogidos al régimen simplificado del IVA deberán presentar hasta el 28 de febrero de 2015 la Declaración anual de operaciones con terceros modelo 347 ejercicio 2014.Son aquellas operaciones por las que reciben factura, estén anotadas en el Libro Registro de facturas recibidas y superen los 3.005,06 euros por proveedor en el ejercicio 2014.También deben incluirse en el citado modelo 347 las operaciones por facturas emitidas (ventas) no sujetas a retención si superan por cliente los 3.005,06 euros.Esta obligación es nueva para aquellos agricultores en régimen simplificado del IVA pues hasta el ejercicio 2013 no existía para las facturas recibidas.Para más información nuestros socios pueden llamar al 974313242.

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¿Qué servicios fiscales presta ASAJA a sus asociados?
  • Declaraciones de renta
  • Liquidaciones de IVA
  • Confección de los libros obligatorios
  • Requerimientos y certificados
  • Altas, bajas y modificaciones en la actividad agropecuaria
  • Sociedades civiles
  • Obtención de la firma electrónica
  • Y en general, todas aquellas obligaciones fiscales de personas físicas y sociedades 
¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
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    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
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