Publicado el 20/03/2020

Noticia urgente para el Agricultor y Ganadero. Firma el Certificado que acredita tu condición.

Última hora

 

Según las nuevas medidas impuestas, debida a la situación de confinamiento que estamos viviendo, todos los agricultores y ganaderos deben llevar consigo una autorización firmada para poder desarrollar la actividad agrícola o ganadera.

 

Es muy importante que os descarguéis esta autorización, la rellenéis y firméis para poder seguir trabajando en vuestras explotaciones.

 

Gracias a todos.

 

DESCARGA LA AUTORIZACIÓN PINCHANDO AQUÍ.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo se solicita la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Hay que solicitarlo exclusivamente de manera telemática, a través de la página de la Agencia Tributaria.

¿Cómo solicitar las ayudas de la PAC?

Debe dirigir su solicitud única a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma en la que radique su explotación o la mayor parte de ella a través de una Entidad Colaboradora.

En nuestras oficinas de ASAJA HUESCA, ubicadas en Barbastro, Huesca, Fraga y Tamarite de Litera, dispone de los medios técnicos y el personal adecuado para la confección de su solicitud.

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas de la PAC?

Desde el año 2016, el plazo de presentación de la Solicitud Única se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.

Mediante la Solicitud Única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. 

Desde ASAJA HUESCA te recordamos la importancia de que se cumplimente correctamente dicha solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.

¿Qué es un copago?

Los copagos son abonos que se hacen cuando se utilizan ciertos servicios del seguro médico, y según el producto contratado pueden estar incluidos o no. Estos copagos se cobran en servicios fuera de los habituales, para ciertas pruebas, rehabilitaciones o revisiones.

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o deducir de dicho importe el IVA?

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o se debe deducir de dicho importe el IVA?

El importe que se debe consignar es el importe total de la factura.

Cuando se ha adquirido gasóleo con cheques-gasóleo bonificado y el titular del establecimiento de venta minorista ha expedido factura, ¿se debe consignar en la solicitud de devolución el número de factura y el resto de los datos de la misma?

Las adquisiciones de gasóleo bonificado para las que el medio de pago utilizado haya sido el cheque gasóleo-bonificado, solo deben figurar en el apartado de la solicitud titulado “Adquisiciones realizadas mediante Cheques gasóleo”.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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