Publicado el 18/06/2024

Nota de Prensa de ASAJA Aragón sobre la Ley de Restauración de la Naturaleza

ASAJA Aragón ha manifestado su preocupación por la reciente aprobación de la Ley de Restauración de la Naturaleza (LRN) por el Consejo de Medio Ambiente de la Unión Europea. Esta ley, aprobada el 17 de junio en Luxemburgo, establece medidas para restaurar al menos el 20% de las zonas terrestres y marinas de la UE para 2030, y todos los ecosistemas que necesiten restauración para 2050.

Puntos Clave:

  • Objetivos de la LRN: La ley busca combatir el cambio climático, mejorar los sistemas hídricos, la seguridad alimentaria, los bosques y la biodiversidad.
  • Medidas: Los Estados miembros deben restaurar una variedad de ecosistemas y priorizar los lugares Natura 2000. Se incluyen medidas específicas para mejorar la población de polinizadores y la calidad de los suelos agrícolas.
  • Impacto en España: La aplicación de la LRN afectará al 40% de la superficie de España, poniendo en riesgo la rentabilidad económica de la agricultura y la ganadería en estas áreas.
  • Próximos pasos: La ley será directamente aplicable en todos los Estados miembros, quienes deben elaborar planes nacionales de restauración y presentar informes periódicos sobre su progreso.

ASAJA Aragón critica que la ley se haya aprobado en un periodo de transición política en la UE, y advierte sobre las posibles distorsiones del mercado y la falta de financiación adecuada para su implementación.

Para ampliar la información, puedes descargar el PDF completo aquí.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es un copago?

Los copagos son abonos que se hacen cuando se utilizan ciertos servicios del seguro médico, y según el producto contratado pueden estar incluidos o no. Estos copagos se cobran en servicios fuera de los habituales, para ciertas pruebas, rehabilitaciones o revisiones.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

¿Por qué asegurar mi producción?

Es recomendable asegurar las producciones, pues estamos expuestos a muchas inclemencias climáticas en esta zona. Son frecuentes todos los años tormentas con pedrisco. En cinco minutos, un pedrisco se nos puede llevar todo el trabajo y toda la producción de la campaña. Asegurándola, por lo menos no perdemos todo y podemos equilibrar esas pérdidas económicas.

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de producción y movimiento de estiércol?

Existe obligatoriedad si:

  1. La explotación ganadera se encuentra en Zona Vulnerable.
  2. Si se trata de instalaciones de ganadería intensiva y tienen una capacidad de animales superior a unos mínimos establecidos. Así por ejemplo, una explotación con capacidad de 1.999 cerdos de cebo no estará obligada pero si una con 2.001 animales.
Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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