Publicado el 01/04/2009

No Entendemos Por Qué Se Retrasa La Devolución Del Impuesto Especial De Hidrocarburos

Desde ASAJA se denuncia el incumplimiento por parte del Gobierno de los compromisos alcanzados con el sector agrario en la Mesa de Fiscalidad, ya que dadas las fechas en las que nos encontramos aún no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden que regula la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos para los agricultores y ganaderos correspondiente al período que va desde el 1 de octubre de 2007 al 31 de diciembre de 2008. Desde ASAJA Huesca se recuerda que en las reuniones de la Mesa de Fiscalidad celebradas en el año 2008, la Administración de comprometió a prorrogar la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos durante el período que iba de octubre de 2007 a diciembre de 2008, así como articular la puesta en marcha de un gasóleo profesional para el sector agrario. Además, la Ley 2/2008 de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, contemplaba en la disposición adicional quincuagésima séptima la devolución del IEH a agricultores y ganaderos.   Hay que recordar que esta devolución del Impuesto Especial de 0,079 €/litro de gasóleo agrícola, se hacía efectiva si el precio medio del carburante se incrementaba por encima del precio medio de los años 2004 y 2005, en el período de octubre 2007 a diciembre 2008 como así ha sido y donde se ha pagado por litro de gasóleo entre 0,60 y 0,70 € . ASAJA no entiende que a día de hoy y sin razón alguna para ello, aun no se haya publicado dicha Orden, dado que en el año pasado la Orden que regulaba la devolución de dicho impuesto así como el procedimiento de tramitación de la misma fue publicada en el BOE con fecha 19 de febrero, con lo que un gran número de solicitantes recibieron la devolución en el mes de marzo. Por todo ello, ASAJA solicita la Ministerio de Economía la inmediata puesta en marcha de los trámites oportunos para que cuanto antes llegue a los agricultores y ganaderos la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos, recordándole además la puesta en marcha de un gasóleo profesional en este año 2009, tal y como fue el compromiso adquirido con el sector.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de fertilización?

En esta situación podemos encontrarnos con dos casos en la que presenten obligatoriedad en la realización de este cuaderno.

  1. Presenten PAC y al menos alguna de sus parcelas estén situadas en Zona Vulnerable. En este caso, solamente deberá entregarse el cuaderno de fertilización aplicada con las parcelas que se encuentren en esta situación.
  2. Si han solicitado ayuda de incorporación y/o modernización y aunque ninguna de sus parcelas agrícolas se encuentren en Zona vulnerable. Se deberá realizar el cuaderno de fertilización de todas las parcelas que se encuentren en su PAC.
¿Qué servicios presta Asaja Huesca a nivel laboral?

En Asaja te prestamos todos los servicios a nivel laboral que precises, entre otros: contratación laboral, todos los trámites ante la Seguridad Social de los trabajadores y a nivel patronal, realización de nóminas, tramitación de bajas laborales, finiquitos y despidos, Certificados de Empresa, Resolución de incidencias con la Inspección de Trabajo, notificaciones telemáticas con los diferentes organismos,…

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¿Por qué necesito un seguro de responsabilidad civil?

Por lo general, este seguro tiene por objeto cubrir daños a terceros, siempre que éstos se produzcan con culpa o negligencia del asegurado.

Cubrirá la muerte o lesiones causadas a terceros, los daños materiales a bienes pertenecientes a terceros y los gastos de defensa del asegurado, incluso por reclamaciones infundadas, así como honorarios y gastos de toda clase, de cargo del asegurado civilmente responsable.

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
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