Publicado el 01/04/2009

No Entendemos Por Qué Se Retrasa La Devolución Del Impuesto Especial De Hidrocarburos

Desde ASAJA se denuncia el incumplimiento por parte del Gobierno de los compromisos alcanzados con el sector agrario en la Mesa de Fiscalidad, ya que dadas las fechas en las que nos encontramos aún no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden que regula la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos para los agricultores y ganaderos correspondiente al período que va desde el 1 de octubre de 2007 al 31 de diciembre de 2008. Desde ASAJA Huesca se recuerda que en las reuniones de la Mesa de Fiscalidad celebradas en el año 2008, la Administración de comprometió a prorrogar la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos durante el período que iba de octubre de 2007 a diciembre de 2008, así como articular la puesta en marcha de un gasóleo profesional para el sector agrario. Además, la Ley 2/2008 de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, contemplaba en la disposición adicional quincuagésima séptima la devolución del IEH a agricultores y ganaderos.   Hay que recordar que esta devolución del Impuesto Especial de 0,079 €/litro de gasóleo agrícola, se hacía efectiva si el precio medio del carburante se incrementaba por encima del precio medio de los años 2004 y 2005, en el período de octubre 2007 a diciembre 2008 como así ha sido y donde se ha pagado por litro de gasóleo entre 0,60 y 0,70 € . ASAJA no entiende que a día de hoy y sin razón alguna para ello, aun no se haya publicado dicha Orden, dado que en el año pasado la Orden que regulaba la devolución de dicho impuesto así como el procedimiento de tramitación de la misma fue publicada en el BOE con fecha 19 de febrero, con lo que un gran número de solicitantes recibieron la devolución en el mes de marzo. Por todo ello, ASAJA solicita la Ministerio de Economía la inmediata puesta en marcha de los trámites oportunos para que cuanto antes llegue a los agricultores y ganaderos la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos, recordándole además la puesta en marcha de un gasóleo profesional en este año 2009, tal y como fue el compromiso adquirido con el sector.

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Preguntas frecuentes

¿Existen bonificaciones para la contratación de trabajadores?

Dependiendo de la modalidad de contratación, existen diferentes tipos de bonificaciones, siempre cumpliendo una serie de requisitos, tanto la empresa que contrata como el trabajador.

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Cubre la recogida y destrucción por sacrificios en la explotación, decretados por la Administración.

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Puedo solicitar una analítica de suelos en cualquier laboratorio?

Es muy importante que sea un laboratorio acreditado por la Administración y certificado según normativa europea.

 

¿Qué hay que hacer para cambiar de compañía de seguros?

Hay que enviar una carta de baja a la compañía, firmada por el tomador, con un mes de antelación al vencimiento. La carta ha de ir acompañada por una fotocopia del NIF del tomador. 

Después, quedarse una copia de lo enviado, pues muchas compañías dicen no haberla recibido.

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