Publicado el 14/06/2012

Mañana Viernes Gobierno Y Autonomías Cierran La Posición Española Sobre La Reforma De La Pac

La conferencia sectorial que se celebra en Madrid mañana viernes servirá para que Gobierno y comunidades autónomas cierren el documento sobre la posición definitiva que España defenderá ante la Unión Europea (UE) de cara a la reforma de la Política Agraria Común (PAC) para el período 2014-2020, de cuya negociación dependen más de 7.000 millones anuales. Así lo avanzó el ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete, durante su comparecencia ante el Congreso de los Diputados.En su intervención ante la comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Congreso, el ministro ha subrayado que el mantenimiento de la actual ficha presupuestaria es ‘el mínimo aceptable’ para España.También ha defendido rebajar el porcentaje de ayudas directas vinculadas al ‘greening’ o ‘reverdecimiento’ de la PAC frente al 30 % que baraja la Comisión actualmente.Ha abogado por crear una ‘red de seguridad’ para el sector agrario con medidas de mercado y sistemas de almacenamiento públicos o privados ‘rápidos y con precios de referencia actualizados’, por reforzar las organizaciones de productores, asegurar un mínimo de ayudas asociadas en algunos casos y la excepcionalidad de ciertas medidas de Competencia para el sector agroalimentario.Cañete comentó que España apoya la propuesta de Bruselas de establecer una igualación progresiva y limitada de las ayudas medidas por hectárea entre Estados Miembros, siempre y cuando los países puedan limitar la superficie con derechos de pago -21 millones de hectáreas en el caso español-. Por otra parte, demandó una mejor gestión de los presupuestos con mecanismos de redistribución para evitar que queden remanentes de ayudas sin gastar, como ha ocurrido en el pasado.

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Preguntas frecuentes

¿Infraseguro? ¿Sobreseguro?

Estas son dos situaciones que se pueden dar a la hora de asegurar una vivienda. En cada una de ellas, se atribuye un valor al objeto (o vivienda) asegurado por debajo o por encima de que realmente tiene. Ante una circunstancia de este tipo, en caso de producirse un siniestro, la entidad aseguradora tiene derecho a aplicar la regla proporcional.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

¿Qué parámetros debo pedir en una analítica de suelos?

Depende de cada caso, aunque lo más normal es la solicitud de macroelementos, en otros casos es importante solicitar otros parámetros para solucionar posibles deficiencias nutricionales. Lo mejor en realizar una consulta previa en nuestras oficinas.

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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