Publicado el 07/02/2014

Luisa Fernanda Rudi Recibe A La Junta Directiva De Asaja Aragón

En el encuentro se han abordado temas de gran importancia para el sector primario aragonés.Una representación de Asaja Aragón formada por su presidente, José Manuel Cebollada, su secretario general Ángel Samper, su portavoz José Fernando Luna y su tesorera Emilia Guillén, ha sido recibida por la presidenta de Aragón Luisa Fernanda Rudi.Los dirigentes de Asaja le han explicado la nueva configuración de la Organización Profesional Agraria en Aragón, así como los puestos de relevancia que se ostentan fuera de nuestra comunidad autónoma, desde la vicepresidencia de Asaja Nacional, a una representación europea en la red de agricultores y científicos, un puesto como expertos de la comisión europea en melocotón y nectarina, pasando por puestos clave en la representación nacional de sectores como los cereales, arroz, forrajes, ovino y caprino, bovino, frutos secos y agua; además de la representación en la Confederación de Empresarios de Aragón (CREA) y en la oscense (CEOS-CEPYME HUESCA).A lo largo del encuentro se han tratado temas de gran importancia para el sector primario, como la importancia de disponer de un presupuesto suficiente para apoyar a la agricultura y la ganadería, el obtener un reconocimiento de la actividad agraria por parte de la sociedad, la necesidad de contar con un Política Agrícola Común coherente tanto en el primer como en el segundo pilar y el proyecto de Asaja de implantar una asignatura de Agricultura y Alimentación en las escuelas aragonesas.

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Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los requisitos de agricultor activo?

Para ser considerado agricultor activo, el solicitante de las ayudas de la PAC debe acreditar que no realiza ninguna de las actividades excluidas recogidas en el artículo 9.2 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Tampoco se concederán pagos directos si la persona física o jurídica, o el grupo de personas físicas o jurídicas, ejercen el control de una entidad asociada que realiza alguna de estas actividades excluidas. 

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

¿Por qué necesito un seguro de responsabilidad civil?

Por lo general, este seguro tiene por objeto cubrir daños a terceros, siempre que éstos se produzcan con culpa o negligencia del asegurado.

Cubrirá la muerte o lesiones causadas a terceros, los daños materiales a bienes pertenecientes a terceros y los gastos de defensa del asegurado, incluso por reclamaciones infundadas, así como honorarios y gastos de toda clase, de cargo del asegurado civilmente responsable.

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
¿Qué hay que hacer para cambiar de compañía de seguros?

Hay que enviar una carta de baja a la compañía, firmada por el tomador, con un mes de antelación al vencimiento. La carta ha de ir acompañada por una fotocopia del NIF del tomador. 

Después, quedarse una copia de lo enviado, pues muchas compañías dicen no haberla recibido.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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