Publicado el 10/10/2017

La sequía: duro varapalo a la rentabilidad de la ganadería extensiva

La bajada de las cabañas de ovino y vacuno de los puertos de verano a los pastos de otoño se está encontrando con la desagradable realidad de unos pastos afectados por la dura sequía que este año afecta a nuestra comunidad autónoma.

Estos pastos, en los que el ganado extensivo se alimenta antes de ser recogido en las explotaciones para el paso del invierno, son claves para la sostenibilidad económica de este tipo de explotaciones, pues obtienen una alimentación nutritiva a un precio asequible. La reducción drástica tanto en la cantidad como en la calidad de este pasto obliga al ganadero a suplementar la ración de sus animales con piensos y forrajes, que o bien tiene que comprar o son los que había recogido de sus propios pastos de siega para el paso del invierno. A este consumo prematuro de forraje propio se suma la menor producción que los pastos de siega han dado debido a la sequía. Desde Asaja Huesca se estima una reducción de un 40% en la producción debido a la escasez de lluvias en la primavera.

Además se encuentran grandes dificultades para dar de beber al ganado, por la menor cantidad de agua en los manantiales y porque la mayoría de las parideras no disponen de enganche de agua a la red pública.

Esta situación puede verse agravada en caso de no producirse lluvias en el otoño e invierno, que si bien no solucionarán las afecciones antes mencionadas sí que servirán para que las siembras de los pastos de la próxima primavera nazcan y se desarrollen adecuadamente.

Como medidas de choque para paliar esta situación desde Asaja Huesca proponemos la concesión de créditos blandos con cadencia mayor al año, el aplazamiento en los pagos de los créditos de SAECA concedidos en años anteriores, la rebaja en los módulos de la renta, el pago de las ayudas del primer pilar de la PAC en noviembre y diciembre de este año, el adelanto de las ayudas asociadas, agroambientales y a zonas desfavorecidas respecto a las fechas de pago de años anteriores, rebajas en el IVA de los transportes de forrajes, e inclusión de las zonas afectadas en los reales decretos de medidas urgentes para paliar los efectos de la sequía.

 

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Preguntas frecuentes

¿Cuanto tiempo debo tener la maquinaria agrícola inscrita en el ROMA?

Para poder acceder a las ayudas a la renovación de maquinaria agrícola, se debe tener REGISTRADA EN EL ROMA CON UN MINIMO DE UN AÑO DE ANTELACION LA MAQUINA ACHATARRAR A NOMBRE DEL SOLICITANTE

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
¿Cuándo puedo solicitar las ayudas de la PAC?

Desde el año 2016, el plazo de presentación de la Solicitud Única se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.

Mediante la Solicitud Única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. 

Desde ASAJA HUESCA te recordamos la importancia de que se cumplimente correctamente dicha solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.

¿Qué son las enfermedades preexistentes?

Son las enfermedades que el interesado ya tenía antes de la contratación del seguro médico y dependerá del seguro contratado si puede tratarse o no, o qué coste extra tendrá ese tratamiento.

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
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