Publicado el 26/05/2026

La sectorial del porcino de ASAJA Huesca en total oposición a las nuevas zonas vulnerables

Desde ASAJA Huesca se ha señalado que ampliar las zonas vulnerables implicaría nuevas restricciones para agricultores y ganaderos en la gestión de purines y fertilización, generando más costes, más incertidumbre y mayores dificultades para mantener la viabilidad de muchas explotaciones familiares. La nueva orden publicada por la Dirección General de Desarrollo Rural en funciones del Gobierno de Aragón, el 29 de abril de 2026, cuyo plazo de alegaciones finaliza el 29 de mayo, amplía y modifica las zonas vulnerables en Aragón, alcanzando 32 zonas y más de 1,5 millones de hectáreas afectadas, cerca de 960.000 hectáreas corresponden a superficie agraria. En algunas comarcas aragonesas el aumento de zonas vulnerables es del 65%.

Asimismo, desde la sectorial del porcino se ha advertido de que este tipo de decisiones pueden frenar inversiones, dificultar el relevo generacional y aumentar todavía más la preocupación existente en el sector ganadero, especialmente en un momento de elevados costes de producción y gran incertidumbre económica por las enfermedades ganaderas.
ASAJA Huesca reclama al Gobierno de Aragón que escuche al sector antes de aplicar nuevas limitaciones y que se tengan en cuenta criterios técnicos, económicos y sociales que permitan compatibilizar la protección medioambiental con la viabilidad de las explotaciones ganaderas.

La organización insiste en que los agricultores y ganaderos son los primeros interesados en cuidar el medio ambiente y mantener el territorio, pero considera que no se puede seguir imponiendo restricciones que ponen en riesgo la continuidad de muchas explotaciones y el futuro del medio rural aragonés.

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Preguntas frecuentes

¿Aporta algún beneficio realizar una analítica de suelos?

En primer lugar nos informa del tipo de suelo que tenemos en nuestra explotación para ayudarnos a comprender el comportamiento de nuestros cultivos, y en su caso nos ayuda en el manejo del agua de riego. Indudablemente puede suponer un beneficio económico directo al ajustar debidamente la cantidad de abono a aportar según las necesidades de nuestro cultivo y nuestro tipo de suelo.

¿Se deben tener en cuenta las pendientes de las parcelas a la hora de la fertilización?

Según el porcentaje de pendiente de una parcela no se podrán aplicar

  • Pendiente inferior al 10%: Se puede aplicar cualquier tipo de abonado
  • Pendiente entre 10-20%: se podrán aplicar fertilizantes de TIPO II y III pero no fertilizantes minerales o de síntesis.
  • Pendientes superiores al 20%: Solo aplicaciones  de origen orgánico, tipo deyecciones ganaderas con cama y materiales compostados (estiércol).
¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

¿Puedo comprar productos fitosanitarios sin tener el carnet de aplicador para tratar el huerto?

No, ninguna empresa o casa comercial puede vender productos a una persona que al menos debería tener mínimo el carnet de aplicador nivel básico.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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