Publicado el 28/02/2011

La Sat De Almendras Altoaragón Gestionó 1,8 Millones De Kg De Almendra En Grano En La Campaña 2009-2010

Las instalaciones del complejo de bodegas Irius en Barbastro acogieron la Asamblea General Ordinaria de la SAT de Almendras Altoaragón, y en la que participaron más de 300 socios para analizar la campaña 2009-2010 y recibir información acerca de cómo afectará al sector la reforma de la PAC.El presidente de la SAT de Almendras Altoaragón, Jesús Alastrué, valoró que “Los Precios de la campaña 09-10 han sido muy malos, por debajo de los 3 euros tanto para largueta, como la marcona y la común, lo que no nos hace ser muy optimistas a corto plazo, sobre todo por la fuerte competencia de países como EEUU”. Dentro del análisis de la campaña 2009-2010, se informó a los socios que la sociedad recogió 1,8 M de kg de almendra en cáscara, superando la media de los últimos años.ÂLos socios fueron informados de los pasos de la organización, que desde esta campaña 2009-2010 se constituyó como OPFH independiente (desde abril de 2010); también se informó a los participantes de que se ha constituido un ATRIA de almendros, que tiene 18 puntos de seguimiento de plagas y enfermedades en la provincia de Huesca, y que elabora boletines de avisos fitosanitarios cuyos datos se facilitan al Centro de Protección Vegetal de la DGA para un mejor control de los árboles y sus rendimientos.Por parte de los servicios técnicos de la SAT se explicaron las cuestiones relativas a la reforma de la PAC que prevé el desacoplamiento para los frutos secos a partir de 2012; hay incertidumbre sobre el cobro de las ayudas por la situación de crisis que puede afectar a la parte cofinanciada de la comunidad autónoma, si bien el sector valora positivamente ese desacoplamiento, los precios y la competencia lastran los efectos positivos.La SAT de Almendras Altoaragón aglutina a más de un millar de socios, preferentemente de la provincia de Huesca, pero también de Zaragoza, Navarra y Lérida.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo se efectúa la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

En base a las solicitudes de devolución presentadas, la Oficina Gestora de los Impuestos Especiales correspondiente al domicilio fiscal del beneficiario de la devolución acordará la misma y efectuara la transferencia bancaria a la cuenta indicada por aquél.

Los interesados podrán hacer el seguimiento de sus solicitudes y de las devoluciones practicadas consultando la mencionada página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Presta ASAJA información y asesoramiento en relación contratos de arrendamientos rústicos?

Sí, podemos asesorarle y ayudarle a formalizar este tipo de contratos y a resolver cualquier duda al respecto.

¿Qué ayudas puedo solicitar en mi solicitud única?

- Régimen de Pago Base y Pago Verde

- Régimen de Pequeños Agricultores

- Pago complementario a Jóvenes Agricultores

- Ayudas Asociadas Agrícolas y Ganaderas

- Ayudas Agroambientales

- Ayudas a Zonas con Limitaciones Naturales u Otras Limitaciones Específicas

- Ayudas a la Forestación de tierras agrícolas

- Devolución porcentaje líneas de seguros agrícolas y ganaderos contratados.

Para informarte mejor sobre cada una de estas ayudas, no dudes en ponerte en contacto con ASAJA y resolveremos tus dudas

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

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