Publicado el 11/04/2012

La Dga Prepara Una Orden De Excepcionalidad Climática

Las excepcionales circunstancias de sequía que están afectando a Aragón desde el pasado otoño, y pese a las últimas lluvias caídas, están generando problemas severos en el desarrollo de determinados cultivos en secano y sobre el coste de oportunidad, de no poder implantar determinados cultivos de verano en regadío, dadas las reducidas reservas hídricas de los grandes sistemas de riego.Por este motivo, y con independencia de las medidas que se han aprobado y aquellas otras que siguen en estudio en el Ministerio a nivel Estatal, por parte del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, y dentro de sus competencias, se está elaborando una Orden de excepcionalidad climática.El objetivo de la referida Orden es establecer, de acuerdo con la normativa Europea y Estatal aplicables, un mecanismo de excepcionalidad a los requisitos contenidos en algunas líneas de ayuda, en relación a que los cultivos a ellas adscritos, deben alcanzar una determinada fase de desarrollo vegetativo para poder tener derecho a los cobros. De estas líneas de ayuda, se benefician habitualmente unos 7.200 productores, con unos importes de pago cercanos a los 20 millones de €.De no excepcionarse dicho requisito, podría producirse la pérdida de las ayudas anteriormente indicadas, que no vendrían sino a agravar la ya de por sí difícil situación de muchos agricultores y ganaderos.Por parte del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, se ha procedido a la elaboración de un primer borrador de la indicada Orden de excepcionalidad climática. Un documento que se trasladará en los próximos días a las Organizaciones Profesionales Agrarias para que, si así lo estiman oportuno, puedan efectuar alegaciones que mejoren su contenido. Se prevé su publicación en el próximo mes de mayo.El consejero Modesto Lobón ha argumentado que “Seguimos esperando el Decreto de Sequía, pero mientras tanto el Departamento está elaborando esta Orden que se enviará al sector en cuanto esté terminada. Es una contribución que puede hacer la DGA que consiste fundamentalmente en quitar obstáculos para que los productores reciban las ayudas cuanto antes”.

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Preguntas frecuentes

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

¿Cuáles son los requisitos de agricultor activo?

Para ser considerado agricultor activo, el solicitante de las ayudas de la PAC debe acreditar que no realiza ninguna de las actividades excluidas recogidas en el artículo 9.2 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Tampoco se concederán pagos directos si la persona física o jurídica, o el grupo de personas físicas o jurídicas, ejercen el control de una entidad asociada que realiza alguna de estas actividades excluidas. 

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o deducir de dicho importe el IVA?

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o se debe deducir de dicho importe el IVA?

El importe que se debe consignar es el importe total de la factura.

Cuando se ha adquirido gasóleo con cheques-gasóleo bonificado y el titular del establecimiento de venta minorista ha expedido factura, ¿se debe consignar en la solicitud de devolución el número de factura y el resto de los datos de la misma?

Las adquisiciones de gasóleo bonificado para las que el medio de pago utilizado haya sido el cheque gasóleo-bonificado, solo deben figurar en el apartado de la solicitud titulado “Adquisiciones realizadas mediante Cheques gasóleo”.

¿Cómo se efectúa la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

En base a las solicitudes de devolución presentadas, la Oficina Gestora de los Impuestos Especiales correspondiente al domicilio fiscal del beneficiario de la devolución acordará la misma y efectuara la transferencia bancaria a la cuenta indicada por aquél.

Los interesados podrán hacer el seguimiento de sus solicitudes y de las devoluciones practicadas consultando la mencionada página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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