Publicado el 03/09/2012

La Dga Comunica A Asaja Que De Momento Se Mantiene El Convenio Con Agroseguro

Esta mañana el secretario general de ASAJA Aragón, Ángel Samper, el presidente, José Manuel Cebollada, la secretaria técnica de Zaragoza, Emilia Guillén y el técnico responsable del área de seguros, Luis Bailo, han participado en una reunión con la dirección general de Desarrollo Rural para analizar la situación de los seguros agrarios para esta campaña. El director general Luis Marruedo ha comunicado a las organizaciones agrarias que el convenio con Agroseguro y la DGA, se mantiene en principio como hasta ahora hasta el 15 de octubre.En este período se están trabajando los presupuestos tanto de la comunidad autónoma, como del departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, y en función de las grandes cifras se definirá la política de seguros.Hay que recordar que a comienzos de agosto desde Agroseguro se comunicaba que se rescindía el convenio con la DGA destinado a las ayudas a los seguros, lo que provocó la preocupación en el sector y por ello desde ASAJA se ha mantenido contacto permanente con la consejería para llegar a una solución y que no desaparezca la aportación de la CA a los seguros agrarios.A mediados del mes de octubre se ha previsto una nueva reunión con Agroseguro para determinar las posibilidades de un nuevo convenio; antes de ello, las organizaciones agrarias y la administración, mantendrán nuevas reuniones con el fin de aportar propuestas que permitan salvar el convenio ya que el sistema de seguros agrarios es considerado como “aceptable”.

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Preguntas frecuentes

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿Puede un autónomo contratar personal?

Un autónomo, al amparo de su actividad agropecuaria y empresarial, puede contratar trabajadores por cuenta ajena como cualquier otra empresa.

¿Qué parámetros debo pedir en una analítica de suelos?

Depende de cada caso, aunque lo más normal es la solicitud de macroelementos, en otros casos es importante solicitar otros parámetros para solucionar posibles deficiencias nutricionales. Lo mejor en realizar una consulta previa en nuestras oficinas.

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de producción y movimiento de estiércol?

Existe obligatoriedad si:

  1. La explotación ganadera se encuentra en Zona Vulnerable.
  2. Si se trata de instalaciones de ganadería intensiva y tienen una capacidad de animales superior a unos mínimos establecidos. Así por ejemplo, una explotación con capacidad de 1.999 cerdos de cebo no estará obligada pero si una con 2.001 animales.
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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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