Publicado el 21/01/2010

La Crisis Provoca La Bajada De La Tierra Agrícola Por Primera Vez En 15 Años

La crisis del campo también ha pasado factura al mercado de fincas rústicas, pues en los últimos 15 años, 2008 fue el primer ejercicio en el que se registró una reducción del precio de los cultivos, según los datos del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, que apuntan que esta caída fue del 0,9%.ÂLa falta de dinamismo también se ha notado en este mercado en el descenso del número de transacciones. Así, en octubre de 2009 las ventas de este tipo de inmuebles se redujeron un 25,7% respecto al mismo mes de 2008, hasta las 8.821 operaciones, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Un descenso en el que han pesado tanto las expectativas sobre el rendimiento agrario como la dificultad para acceder al crédito. El director de los Servicios Técnicos de ASAJA nacional, José Carlos Caballero, atribuye también parte de esta caída al alejamiento de empresarios de sectores ajenos a la agricultura que, en los años de bonanza económica, encontraron en estas actividades un destino para sus inversiones alternativas. Caballero explica, además, que la rentabilidad ha marcado la evolución de los precios de estos inmuebles en los últimos años, por lo que ‘no puede establecerse paralelismo con el mercado de la vivienda. Mientras que los precios de los inmuebles residenciales crecieron de forma exponencial, la evolución de los precios de la vivienda ha sido paulatina desde la última crisis económica”.Sin embargo, las cotizaciones no siguen una misma tendencia en todo el territorio español. Desde la sociedad de tasación Tinsa, se explica que ‘la singularidad de éste tipo de inmueble, la diversidad de superficies, de cultivos, de aprovechamiento y la atomización del propio producto hacen que los datos genéricos sean imprecisos’, ya que el mercado de fincas rústicas se compone más bien de ‘una multitud de submercados’. Así, mientras una finca de secano de bajo rendimiento puede costar unos 1.000 euros por hectárea, otros cultivos intensivos, como invernaderos, plantaciones de cítricos en Valencia y plataneras de Islas Canarias, pueden llegar a costar 50.000 euros por hectárea. Por otra parte, la compra de terrenos para actividades relacionadas con las energías renovables, la ampliación del suelo industrial o el cultivo para biocombustibles representan una excepción en la evolución del mercado. Son ventas con un precio medio superior al valor de la tierra, pero la tierra que se ha dedicado a estas actividades es tan poco extensa que no ha tenido un impacto significativo en las estadísticas. Para el resto, ‘la dificultad estriba en conocer el verdadero valor de determinados aprovechamientos -cinegéticos, medioambientales, lúdicos y de recreo- que pueden tener muchos terrenos y que son compatibles con los aprovechamientos agrícolas, forestales y ganaderos’.ÂExpectativasAlgunos expertos valoran el papel de estos inmuebles como inversión. ‘En este momento es muy interesante para quien tiene disponibilidad, ya que puede obtener precios muy interesantes’, se señala. Y apuntan que, al contrario de lo que sucede con el ladrillo, ‘el terreno siempre tiene un valor añadido y muchas posibilidades de rentabilidad’. Los agricultores se muestran menos optimistas. Desde ASAJA se indica que la evolución del mercado de fincas en los próximos meses dependerá de cómo despegue España de la crisis.

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Preguntas frecuentes

¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

¿Cómo solicitar las ayudas de la PAC?

Debe dirigir su solicitud única a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma en la que radique su explotación o la mayor parte de ella a través de una Entidad Colaboradora.

En nuestras oficinas de ASAJA HUESCA, ubicadas en Barbastro, Huesca, Fraga y Tamarite de Litera, dispone de los medios técnicos y el personal adecuado para la confección de su solicitud.

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

¿Qué es un copago?

Los copagos son abonos que se hacen cuando se utilizan ciertos servicios del seguro médico, y según el producto contratado pueden estar incluidos o no. Estos copagos se cobran en servicios fuera de los habituales, para ciertas pruebas, rehabilitaciones o revisiones.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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