Publicado el 31/01/2012

Firmado El Convenio Para La Tramitación De La Pac

Hoy, el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Modesto Lobón, ha procedido a la firma de 50 convenios con entidades colaboradoras, para acercar la gestión telemática a todos los agricultores y ganaderos de Aragón. Las entidades colaboradoras son, básicamente, entidades financieras con implantación en el medio rural, Organizaciones Profesionales Agrarias, Cooperativas y gestorías privadas que participan en este proceso masivo de declaración. Por parte de ASAJA ha suscrito el protocolo nuestro secretario general, Ángel Samper.En este marco, el agricultor o ganadero dispone de dos opciones para la utilización de la administración electrónica. La primera de ellas, apta para los más avezados, consiste en descargarse un programa informático de la página web del Departamento que facilita la implementación de la solicitud y, previa firma electrónica del interesado, lo remite vía Internet a las bases de datos del Gobierno de Aragón, donde queda debidamente registrada. La segunda vía, utilizada por el 95 % de los solicitantes y que requiere del citado convenio, supone que el agricultor se acerca a cualquiera de las entidades colaboradoras firmantes del convenio y da su autorización para que éstas realicen en su nombre, y a través de su firma electrónica corporativa, su declaración de la PAC.El convenio ahora firmado, supone avances destacables que afectan tanto a la propia declaración inicial como también, a trámites posteriores que, sobre la misma, puede requerir efectuar cada agricultor solicitante.De esta forma, se consigue agilizar y simplificar al máximo este trámite para los agricultores y ganaderos y, junto a ello, mejorar la eficiencia en el uso de recursos materiales y personales en la administración agraria aragonesa.Una de las tramitaciones administrativas más voluminosas en la administración aragonesa, es la gestión de las ayudas de la PAC. Dicha tramitación, supone atender a 56.000 solicitudes anuales complejas, que contienen las superficies de todas y cada una de las parcelas o cabezas de ganado que componen cada explotación, así como el uso que de ellas realizará el agricultor o ganadero a lo largo de la campaña. Todo ello, con el fin de poder controlar y efectuar, de forma precisa, fiable y auditable, pagos de Fondos Europeos Agrícolas por valor superior a 460 millones de Euros anuales, en concepto de apoyo a la renta, y otros 35 millones de Euros, del Programa de Desarrollo Rural de Aragón.Uno de los retos esenciales del departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, es facilitar al máximo esta gestión al sector. Para ello, impulsa decididamente el desarrollo de la administración electrónica en este campo. El objetivo es sencillo: ofrecer las máximas facilidades a los productores y, a la vez, mejorar la eficiencia de medios y ambiental que supone la eliminación de los clásicos expedientes en papel en la administración.

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Preguntas frecuentes

¿Por qué necesito un seguro de responsabilidad civil?

Por lo general, este seguro tiene por objeto cubrir daños a terceros, siempre que éstos se produzcan con culpa o negligencia del asegurado.

Cubrirá la muerte o lesiones causadas a terceros, los daños materiales a bienes pertenecientes a terceros y los gastos de defensa del asegurado, incluso por reclamaciones infundadas, así como honorarios y gastos de toda clase, de cargo del asegurado civilmente responsable.

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

¿Cuáles son los requisitos de agricultor activo?

Para ser considerado agricultor activo, el solicitante de las ayudas de la PAC debe acreditar que no realiza ninguna de las actividades excluidas recogidas en el artículo 9.2 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Tampoco se concederán pagos directos si la persona física o jurídica, o el grupo de personas físicas o jurídicas, ejercen el control de una entidad asociada que realiza alguna de estas actividades excluidas. 

¿Por qué me interesa tener un seguro de baja?

Para tener cubierto cualquier imprevisto que pueda afectar al desarrollo de mi actividad profesional. Durante el tiempo que este de baja, me abonaran una cantidad diaria, que me servirá para seguir manteniendo los gastos que tengo y poder disponer de unos ingresos para cubrir esas necesidades.

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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