Publicado el 25/02/2016

Firmado El Convenio Colectivo Agrícola Para Tres Años

El sector agrícola de la Provincia de Huesca firma su convenio colectivo para tres añosPatronal agrícola y sindicatos de Huesca han firmado en la mañana de hoy miércoles, su convenio colectivo que afecta, en la provincia de Huesca, a casi 5.000 trabajadores, con puntas de cerca de 7.000, de alrededor de 500 empresas. Su vigencia es desde el 1 de enero de 2015 a 31 de diciembre de 2017, con lo que se garantizan tres años de acuerdo social.En el apartado de incrementos salariales se ha contemplado para 2015 el IPC resultante en ese año, que fue del 0 por ciento, y para los años 2016 y 2017 se ha acordado un incremento del 1 por ciento para cada año. Así mismo se procederá a una actualización de las tablas salariales si el IPC resultante en el período considerado supera el 2 por ciento con un tope del 0,5 por ciento.Por otra parte, en el convenio se ha acordado la creación de una nueva categoría de Peón-Recolector para faenas de recogida y/o aclareo de frutas y hortalizas; categoría con la que se satisface esta demanda del sector y se soluciona un problema de gran calado.Asimismo, en el convenio colectivo suscrito se ha considerado una redefinición de los empleados fijos-discontinuos acordándose que se considerarán así aquellos trabajadores que han trabajado 90 días en un período de 3 años consecutivos, o aquellos que lo han hecho por un tiempo de 120 días, en 4 años, en un período de 6. Además, se contempla que se les podrá avisar por cualquier medio telemático, ya sea correo electrónico o telefonía móvil.En lo relativo a la jornada laboral se reduce en 4 horas para cada uno de los años 2016 y 2017 quedando establecida en 1764 horas para 2016 y en 1760 para 2017. Además el convenio presenta como novedad que se denunciará de manera automática por el simple cumplimiento de su vigencia.El convenio ha sido suscrito hoy jueves, 24 de febrero, a las 13.00 horas en la sede de la Confederación de Empresarios por representantes de las organizaciones CC.OO y UGT en la parte sindical y por Asaja Huesca y UAGA, en la parte empresarial.Presidente y Vicepresidente 1º de CEOS-CEPYME HUESCA valoran que se trata de un hecho de gran trascendencia, agradeciendo el espíritu constructivo y el enorme esfuerzo de los implicados en el proceso y manifiestan su deseo de que en el resto de la negociación colectiva se produzcan futuros acuerdos en el ámbito laboral que resulta ser uno de los más importantes socialmente hablando.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo se otorgan las ayudas al plan renove de maquinaria

Las ayudas siempre se otorgan siguiendo el orden de solicitud de las mismas, siempre y cuando, cumplan con las bases que se exigen

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿Cuándo puede solicitarse la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

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