Publicado el 15/03/2016

Fijados Los Importes De Las Ayudas Para Vacuno De Cebo

El FEGA ha establecido los importes de las ayudas asociadas al vacuno de cebo en la España Peninsular.Régimen de ayuda para los terneros cebados procedentes de otra explotación: IMPORTE UNITARIO: 19,575641 euros/animal- Límite presupuestario en 2015: 25.913.000 euros- Animales con derecho a pago: 1.323.737 animalesRégimen de ayuda para los terneros cebados en la misma explotación de nacimiento:IMPORTE UNITARIO: 32,7045 euros/animal- Límite de presupuestario nacional en 2015: 12.488.000 euros- Animales con derecho a pago: 381.843 animales En la Comunidad Autónoma de Aragón hay 306 solicitudes con un total de 6.328 animales con derecho a cobro.En la Comunidad Autónoma de Aragón tenemos 2.205 solicitudes con un total de 305.046 animales con derecho a cobro.Ver norma del FEGA

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Preguntas frecuentes

¿Por qué contratar un seguro de retirada y destrucción de animales muertos con el sistema de seguros

Garantiza incluso la mortalidad no habitual de una explotación.

Cubre la recogida y destrucción por sacrificios en la explotación, decretados por la Administración.

¿Qué documentación es necesaria para la realización del cuaderno de campo?
  • Facturas de productos fitosanitarios de toda la campaña agrícola.
  • Datos maquinaría agrícola empleada.
  • Justificantes SIGFITO.
  • Facturas cosecha.
¿Qué debe de cumplir la maquinaría con la que realizo los tratamientos fitosanitarios?

La maquinaría debe estar inscrita en el ROMA y tener la ITEAF vigente.

¿Puedo aplicar fuera de mi explotación con el carnet básico de aplicador de fitosanitarios?

No, para ello es necesario tener el carnet nivel cualificado.

He tenido varios siniestros, ¿pueden subirme la prima?

Si el aumento de prima no está previsto en la póliza, la subida de la prima propuesta por la entidad aseguradora deberá ser aceptada por el tomador. Si la subida propuesta es para la siguiente renovación del contrato, deberán comunicárselo con una antelación mínima de dos meses a la citada renovación En caso de que el asegurado no acepte la subida de la prima, la entidad podrá negarse a prorrogar el contrato para el siguiente periodo de cobertura.

Si no se respeta el plazo de dos meses, la subida de primas no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador, y por tanto la entidad deberá respetar la prima del periodo anterior.

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