Publicado el 27/01/2010

Según Asaja Huesca «es Intolerable Que Las Pensiones De Los Agricultores Sean 1/3 Más Bajas Que Las Demás»

Según los datos facilitados por el Ministerio de Trabajo la pensión de los agricultores, es un 30% más baja que la del resto de trabajadores-as, situándose en enero en los 518 euros frente a los 772 que percibió la media. Sin embargo, la de los trabajadores del Mar fue un 9% más alta (839 euros). Este desfase de un 30% es intolerable en palabras del presidente de ASAJA Huesca, Fernando Luna.ÂLa pensión media en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social (REASS) se situó, a 1 de enero de 2010, en 518,35 euros y la de los trabajadores del Mar en 839,54 euros. Entre ambos sectores totalizan 776.240 pensiones, lo que supone un desembolso de 444,5 millones de euros. Esta enorme diferencia entre la pensión media y la que cobran los pensionistas del sector agrario “es un auténtico ataque a los fundamentos de la solidaridad social en nuestro país, y sigue demostrando que para nuestros gobernantes, los agricultores y ganaderos somos algo así como el Último de la Fila”, apunta el presidente de ASAJA Huesca, Fernando Luna.ÂPara ASAJA Huesca los indicadores económicos y las perspectivas a corto-medio plazo no son nada halagüeñas, y, tal y como se ha apuntado también desde CEOS-CEPYME, “en general para este año 2010 el panorama es bastante complicado, pues las empresas, incluyendo las agrarias, siguen recogiendo múltiples problemas y nos tememos que las dificultades en liquidez pudieran convertir este 2010 en un escenario aún peor que el año que hemos cerrado”, apunta Luna. Además, aún está por ver en qué medida los mecanismos puestos en marcha por el gobierno central tras las movilizaciones de noviembre logran reactivar el sector y asentar las medidas de control de precios, de las importaciones de países terceros, o los abusos de la gran distribución. “Se ha dado un margen de confianza para ver si las medidas propuestas por la administración son efectivas y en principio en este primer trimestre del año hemos de ver ya indicativos de recuperación. No obstante, si nos fijamos en que las pensiones de los agricultores y ganaderos son un 30% más bajas, no hay ayudas para los ceses anticipados ni para la incorporación de jóvenes, y estamos abandonados a competir contra entradas de terceros países sin los requisitos ni garantías que se nos exigen a nosotros, casi cabe decir aquello de el último que apague la luz…” argumenta Fernando Luna. ÂEl número total de pensiones contributivas al régimen agrario de la Seguridad Social alcanzó la cifra de 644.834, mientras que en el régimen del Mar las 131.406. De las primeras, el 54,2 por ciento corresponden a pensiones por jubilación y en las segundas, el 53,8 por ciento.Por tipos, los agricultores jubilados (349.813) percibieron una pensión media de 569,42 euros, lo que implica un total de 199,1 millones de euros. Las pensiones dedicadas a incapacidad permanente, un total de 66.812, se situaron en 487,31 euros; por viudedad (200.910) en 462,8; por orfandad (24.116) en 344,8 euros; y por favor de familiares (3.183) en 378,61.En cuanto a los trabajadores del Mar, los jubilados (70.812) recibieron una pensión media de 1.057,16 euros que hacen un total de 74,8 millones de euros. Por incapacidad permanente, 9.180 pensionistas se hicieron con una pensión media de 797,4 euros; por viudedad (45.584) percibieron una media de 567,27 euros; por orfandad (4.922) 375,9 euros; y por favor de familiares (908) 431 euros.ÂLa pensión media del sistema de la Seguridad Social, en general, se situó el 1 de enero en 772,5 euros, un 3,4 por ciento más alta que en el mismo mes de 2009. Dicha cantidad fue a parar a 8,6 millones de pensionistas lo que supone un aumento del 1,7 por ciento, por un importe total de 6.655,5 millones de euros.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo acceder a las ayudas si no tengo maquinaria vieja?

No puedes acceder a las ayudas si no tienes maquinaria vieja. Una de las bases de esta ayuda es que se achatarre la maquinaria vieja.

¿Cuándo puede solicitarse la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior.

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o deducir de dicho importe el IVA?

¿Se debe consignar en la solicitud el importe total de la factura o se debe deducir de dicho importe el IVA?

El importe que se debe consignar es el importe total de la factura.

Cuando se ha adquirido gasóleo con cheques-gasóleo bonificado y el titular del establecimiento de venta minorista ha expedido factura, ¿se debe consignar en la solicitud de devolución el número de factura y el resto de los datos de la misma?

Las adquisiciones de gasóleo bonificado para las que el medio de pago utilizado haya sido el cheque gasóleo-bonificado, solo deben figurar en el apartado de la solicitud titulado “Adquisiciones realizadas mediante Cheques gasóleo”.

¿Qué debe de cumplir la maquinaría con la que realizo los tratamientos fitosanitarios?

La maquinaría debe estar inscrita en el ROMA y tener la ITEAF vigente.

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