Compartimos la entrevista realizada a José Luis Romeo y Javier Folch , en el programa Tempero del domingo 11 de octubre, sobre la tertulia virtual que organizó la Asociación general de productores del maíz de España el pasado 24 de septiembre.

Compartimos la entrevista realizada a José Luis Romeo y Javier Folch , en el programa Tempero del domingo 11 de octubre, sobre la tertulia virtual que organizó la Asociación general de productores del maíz de España el pasado 24 de septiembre.
La organización agraria denuncia que la negativa a autorizar excepcionalmente la Abamectina deja a los agricultores sin herramientas eficaces para combatir las plagas.
ASAJA Aragón traslada a la nueva consejera de Agricultura las principales preocupaciones del campo aragonés.
Las principales entidades empresariales, sociales y sectoriales del Alto Gállego y la Jacetania exigen una solución urgente a la paralización de las obras de la A-23.
En Asaja te prestamos todos los servicios a nivel laboral que precises, entre otros: contratación laboral, todos los trámites ante la Seguridad Social de los trabajadores y a nivel patronal, realización de nóminas, tramitación de bajas laborales, finiquitos y despidos, Certificados de Empresa, Resolución de incidencias con la Inspección de Trabajo, notificaciones telemáticas con los diferentes organismos,…
No, ninguna empresa o casa comercial puede vender productos a una persona que al menos debería tener mínimo el carnet de aplicador nivel básico.
Debe introducir el código de barras de la última PAC registrada, puede haber una Solicitud de Modificación.
La entrega de envases vacíos en un centro oficial de recogida de envases es de obligatoriedad para cualquier persona que compre productos fitosanitarios.
Aquellas personas que presenten PAC deberán tener al menos 2 entregas SIGFITO al año.
¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?
Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.