Publicado el 16/04/2026

“De la PYME al nuevo vasallaje rural”

¿Volvemos al feudalismo? El silencioso cambio de modelo económico contra el autónomo.

Hablar hoy de feudalismo puede parecer exagerado, pero en el campo empieza a percibirse una realidad inquietante: cada vez hay menos espacio para el agricultor y ganadero autónomo, para el pequeño y mediano empresario. Y ese es el verdadero problema.

Desde ASAJA Huesca no creemos que la existencia de grandes empresas agrarias sea, por sí sola, una amenaza. Forman parte de la evolución del sector, generan actividad y también empleo. El error está en centrar ahí el debate. La cuestión de fondo es otra: el sistema se está estructurando contra el autónomo, contra la explotación familiar, contra quien vive directamente de su trabajo.

Los datos lo reflejan con claridad. En España hay algo más de 3,3 millones de autónomos, pero su peso relativo en el empleo total lleva años estancado o en retroceso. Sectores tradicionales pierden actividad de forma constante: solo en 2025, el comercio llegó a perder en torno a 30-35 autónomos al día, según ATA. En paralelo, organizaciones como UPTA alertan del descenso continuado de afiliados en agricultura, ganadería, transporte o construcción.

En el caso del campo, la tendencia es aún más clara: cada año desaparecen miles de explotaciones agrarias, PYMES familiares. En las últimas décadas, España ha perdido más del 50% de sus explotaciones agrarias, mientras aumenta el tamaño medio de las restantes. Es decir, menos agricultores, pero más grandes.

Eso no es casualidad.

Hoy el agricultor o ganadero no abandona por falta de vocación. Lo hace porque la normativa es cada vez más compleja, la burocracia más asfixiante, los costes más elevados y la rentabilidad más baja. Cada exigencia administrativa, cada obligación digital o cada nueva regulación impacta con mucha más fuerza en una explotación familiar que en una gran estructura empresarial, PORQUE TAMBIEN NOSOTROS SOMOS EMPESARIOS.

A esto se suma un cambio silencioso pero decisivo: la tierra se ha convertido también en un activo de inversión. En un contexto de incertidumbre económica, el capital busca refugio en el suelo agrario. Y eso expulsa al profesional que quiere trabajarla, no especular con ella.

Lo que está en juego en este momento de la historia no es solo un modelo productivo, sino un modelo de sociedad.

Y si no se corrige esta deriva —con menos burocracia, más rentabilidad y normas pensadas para quienes trabajan el campo— estaremos consolidando un cambio estructural profundo: una economía donde cada vez hay menos espacio para el autónomo y más dependencia de grandes estructuras.

Ahí está el verdadero problema: el sistema ya no protege al que trabaja, sino al que tiene capacidad de aguantar o de invertir.

Eso genera una fractura social muy peligrosa. Porque el autónomo agrario no solo produce alimentos: fija población, sostiene pueblos, cuida el territorio y mantiene una forma de vida ligada al esfuerzo, la familia y el arraigo. Si desaparece, no solo cambia el modelo económico: cambia la sociedad rural entera.

Por eso, quizá la pregunta no sea solo si volveremos a la lucha de clases, sino si ya estamos entrando en ella sin querer reconocerlo. Una lucha menos visible, más silenciosa, más administrativa y económica que política, pero igual de profunda.

Y en esa lucha, el campo vuelve a ser un espejo de lo que pasa en toda la sociedad: cada vez menos propietarios reales, cada vez más dependencia, cada vez menos autónomos y cada vez más concentración.

Una nueva lucha de clases, distinta en las formas, pero muy real en el fondo. No entre ideologías, sino entre modelos: el de quienes viven de su trabajo y el de un sistema que cada vez favorece más a quienes tienen estructura, dimensión o capacidad financiera.

Cuando desaparece un autónomo agrario no solo se pierde una explotación. Se pierde población, se pierde relevo generacional, se pierde actividad económica y se pierde vida en los pueblos.

Ese es el verdadero debate que no se está abordando: no si hay grandes empresas en el campo, sino por qué cada vez hay menos autónomos que puedan seguir en él.

Un cambio silencioso, pero decisivo.

Un cambio que no es solo del campo.

Es de toda la sociedad.

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Preguntas frecuentes

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

¿Quién puede solicitar la ayuda plan renove de maquinaria agrícola?

Cualquiera que tenga su explotación agrícola en Aragón y tenga maquinaria agrícola vieja para achatarrar

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

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