Publicado el 18/01/2018

Cotización de los autónomos por cese de actividad

Con fecha 1 de enero de 2015, entró en vigor la Ley 35/2014 de 26 de diciembre por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

Lo importante de esta Ley para los agricultores y ganaderos que cotizan a la Seguridad Social en el Régimen de Autónomos es que modifica la obligatoriedad de la prestación por cese de actividad en aquellos casos en que el autónomo hubiera optado por la cobertura de accidentes de trabajo.

Hasta la entrada en vigor de esta Ley, aquellos autónomos que optaban por la cobertura contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) tenían que pagar obligatoriamente la cobertura de protección por cese de actividad. Obviamente, la protección por cese de actividad o desempleo es una cobertura nada interesante para el sector agropecuario.

La renuncia a esa cobertura puede solicitarse en la Tesorería de la Seguridad Social y las solicitudes presentadas a partir del 1 de octubre surtirán efectos el 1 de enero de 2016.

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Preguntas frecuentes

¿Qué parámetros debo pedir en una analítica de suelos?

Depende de cada caso, aunque lo más normal es la solicitud de macroelementos, en otros casos es importante solicitar otros parámetros para solucionar posibles deficiencias nutricionales. Lo mejor en realizar una consulta previa en nuestras oficinas.

¿Qué documentos debo llevar en mi vehículo?
  • Documentos obligatorios:
    • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
    • Tarjeta de inspección técnica.
    • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.
  • Documentos opcionales:
    • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
    • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM).
¿Por qué necesito un seguro de responsabilidad civil?

Por lo general, este seguro tiene por objeto cubrir daños a terceros, siempre que éstos se produzcan con culpa o negligencia del asegurado.

Cubrirá la muerte o lesiones causadas a terceros, los daños materiales a bienes pertenecientes a terceros y los gastos de defensa del asegurado, incluso por reclamaciones infundadas, así como honorarios y gastos de toda clase, de cargo del asegurado civilmente responsable.

¿Puede un autónomo contratar personal?

Un autónomo, al amparo de su actividad agropecuaria y empresarial, puede contratar trabajadores por cuenta ajena como cualquier otra empresa.

¿Puedo aplicar fuera de mi explotación con el carnet básico de aplicador de fitosanitarios?

No, para ello es necesario tener el carnet nivel cualificado.

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