Publicado el 20/06/2018

Concurso de Fotografía “Paisajes de nuestro Mundo Rural“

Tu foto en la Revista de ASAJA,…, y además puedes ganar un fantástico premio al final del año”

Bases:

1.- El objetivo de este concurso es mostrar, a través de nuestras fotografías, escenas de nuestras explotaciones, campos de cultivo, ganadería, entornos rurales, naturales y paisajísticos originales y de especial belleza.

2.- Pueden concursar todos los socios y socias de ASAJA

3.- Las fotos pueden realizarse por cámara fotográfica o teléfono móvil.

4.- Envío de las fotos:

– Las fotos deberán enviarse en formato digital, a la siguiente dirección de correo electrónico: publicidad@asajahuesca.es, especificándose en el Asunto “Concurso Paisajes de nuestro Mundo Rural”.

– En el mismo correo se indicará el nombre y apellidos del autor de la foto, teléfono de contacto, y ubicación del lugar de la foto.

5.- ASAJA seleccionará, de entre las fotografías recibidas, aquellas de especial belleza, originalidad o singularidad, y servirán para acompañar los diferentes artículos que se vayan publicando, a lo largo del año, en la Revista Asaja Aragón.

El autor, con el envío de la fotografía, autoriza su publicación y difusión en la revista y página web.

En el píe de la foto publicada aparecerá el nombre y apellidos del autor.

5.- A final del año 2018, de entre todas las fotos recibidas, se seleccionarán las 3 mejores fotos en términos de calidad, belleza y originalidad, y se otorgarán los siguientes premios:

1er. Premio: Fin de Semana en Hotel 4 Estrellas con Spa de Aragón.

2º Premio: Fin de Semana en Casa Rural de Aragón.

3er. Premio: un Aguinaldo Navideño con productos de la tierra.

Dichas fotos serán de nuevo publicadas en la Revista, haciendo mención especial a dicha elección.

Utiliza tu cámara o teléfono móvil y envíanos las mejores fotografías de tu territorio a publicidad@asajahuesca.es

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Preguntas frecuentes

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

¿Se deben tener en cuenta las pendientes de las parcelas a la hora de la fertilización?

Según el porcentaje de pendiente de una parcela no se podrán aplicar

  • Pendiente inferior al 10%: Se puede aplicar cualquier tipo de abonado
  • Pendiente entre 10-20%: se podrán aplicar fertilizantes de TIPO II y III pero no fertilizantes minerales o de síntesis.
  • Pendientes superiores al 20%: Solo aplicaciones  de origen orgánico, tipo deyecciones ganaderas con cama y materiales compostados (estiércol).
¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Qué plazos tengo para asegurar el cereal?

Esta cuestión es de vital importancia para la explotación. Preguntar en cada departamento de seguros. 

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

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