Publicado el 22/09/2020

Campaña fruta «AMARGA»

Prácticamente concluida la campaña de recogida de fruta y sin ánimo de polemizar, desde ASAJA queremos dejar constancia de la exquisitez conque se ha comportado el sector y la total falta de sensibilidad de los distintos organismos y administraciones públicas cuando han puesto en tela de juicio al mismo.

 

En todo momento, los agricultores y empresas del sector, han puesto en marcha todo lo que se les ha requerido para que la campaña de recogida de fruta, se desarrollase con el menor riesgo posible de contagio. ASAJA da fe de ello.

 

Si en algún momento, ha habido alguna actuación atípica e irregular, lo que tendría que haberse hecho es abordarla sin criminalizar al resto que han trabajado escrupulosamente procurando alimentos al servicio de todos nosotros.

 

En otro orden de cosas, nos parece triste y lamentable que no exista un protocolo de actuación único para todas las CCAA y más aún, para todos los países de la Unión Europea. El Covid es un problema sanitario que afecta a todos por igual, y en aras a la responsabilidad de lo más sagrado que es la salud, debería haber un procedimiento único para todos los países y CCAA.

 

Así pues, el hecho de que en el sector de la fruta se hayan realizado test sistemáticos que no se han hecho en el resto de sectores y CCAA, ha producido un mapa irreal, y una criminalización gratuita, a un sector que en aras al servicio de la sociedad, ha estado trabajando y más expuesto al riesgo. A veces estas declaraciones desafortunadas han tenido su origen en personas y entidades que todavía no han vuelto a la normalidad.

 

Desde ASAJA ARAGÓN, LÉRIDA y LA RIOJA, nos parece muy desafortunado, haber puesto el punto de mira sobre un sector, al que contrariamente, tendríamos que haber agradecido su encomiable labor en medio de la pandemia; al igual que tenemos que agradecer a profesores, sanitarios, transportistas, mecánicos, industrias, establecimientos, comercios, hostelería… y todo el sistema productivo en general. Sería triste y lamentable, achacar a cualquiera de ellos, el puntual repunte del Covid en alguno de estos sectores en respuesta al servicio que están ejerciendo para todos nosotros.

 

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo puede solicitarse la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior.

¿Cuáles son las necesidades de fertilización máximas?

En Zona Vulnerable 170 y en Zona no Vulnerable 210.

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

He tenido varios siniestros, ¿pueden subirme la prima?

Si el aumento de prima no está previsto en la póliza, la subida de la prima propuesta por la entidad aseguradora deberá ser aceptada por el tomador. Si la subida propuesta es para la siguiente renovación del contrato, deberán comunicárselo con una antelación mínima de dos meses a la citada renovación En caso de que el asegurado no acepte la subida de la prima, la entidad podrá negarse a prorrogar el contrato para el siguiente periodo de cobertura.

Si no se respeta el plazo de dos meses, la subida de primas no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador, y por tanto la entidad deberá respetar la prima del periodo anterior.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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