Publicado el 22/03/2024

Ayudas Extraordinarias para Agricultores de Secano, Arroz y Tomate ante retos climaticos y geopoliti

 

En una medida crucial para el sector agrícola, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España ha desplegado un paquete de ayuda financiera de 251,9 millones de euros, destinado a 131.488 titulares de explotaciones de secano, arroz y tomate de industria. Esta ayuda, una respuesta a los severos impactos de la sequía y las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania, forma parte de un esfuerzo nacional por sostener la producción agrícola bajo circunstancias desafiantes.

 

Las subvenciones se distribuyen basándose en el tamaño y tipo de las explotaciones, beneficiando directamente a los agricultores mediante ingresos bancarios programados para finales de marzo o inicios de abril. Este apoyo financiero refleja el 94% del presupuesto total de 268,7 millones de euros asignado, subrayando el compromiso gubernamental con la estabilidad y el desarrollo agrario.

 

Las condiciones para recibir estas ayudas incluyen la elegibilidad dentro de la Política Agrícola Común (PAC) para 2023 y poseer áreas de cultivo específicas afectadas por la sequía. Además, se han establecido precios unitarios por hectárea, adaptándose a las diversas necesidades y zonas geográficas, priorizando las regiones más afectadas por la sequía.

 

Este esfuerzo financiero se complementa con una detallada guía disponible en la página web del FEGA, donde se pueden consultar los criterios de elegibilidad, el cálculo de las superficies subvencionables y ejemplos prácticos.

 

Para profundizar en los detalles de este programa de ayudas y entender mejor cómo puede beneficiar a los agricultores afectados, invitamos a descargar el informe completo. Asegúrate de acceder a esta información vital para aprovechar al máximo las oportunidades de apoyo disponibles.

Descargar el PDF con la información completa

 

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Preguntas frecuentes

¿Presta ASAJA información y asesoramiento en relación contratos de arrendamientos rústicos?

Sí, podemos asesorarle y ayudarle a formalizar este tipo de contratos y a resolver cualquier duda al respecto.

¿Cómo se efectúa la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

En base a las solicitudes de devolución presentadas, la Oficina Gestora de los Impuestos Especiales correspondiente al domicilio fiscal del beneficiario de la devolución acordará la misma y efectuara la transferencia bancaria a la cuenta indicada por aquél.

Los interesados podrán hacer el seguimiento de sus solicitudes y de las devoluciones practicadas consultando la mencionada página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Si se destruye el coche, ¿debo seguir pagando la prima de seguro?

Como al suscribir el contrato de seguro el asegurador asume el riesgo total de siniestro en el vehículo, la prima se le debe íntegramente desde ese momento, por eso se dice que la prima es indivisible.

Esa indivisibilidad implica que usted deberá seguir pagando la prima durante el periodo de seguro vigente en el momento del siniestro. Es decir, si en vez de pagar una prima anual usted ha optado por fraccionar los pagos durante el año y tiene un siniestro en el que se queda sin coche, usted va a tener que pagar las fracciones pendientes de ese año aunque ya no tenga coche.

Si después del siniestro usted compra un coche nuevo y lo asegura con la misma entidad, es probable que la entidad le permita que las fracciones de prima pendientes (correspondientes al auto siniestrado), se destinen al nuevo coche.

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

¿Se deben tener en cuenta las pendientes de las parcelas a la hora de la fertilización?

Según el porcentaje de pendiente de una parcela no se podrán aplicar

  • Pendiente inferior al 10%: Se puede aplicar cualquier tipo de abonado
  • Pendiente entre 10-20%: se podrán aplicar fertilizantes de TIPO II y III pero no fertilizantes minerales o de síntesis.
  • Pendientes superiores al 20%: Solo aplicaciones  de origen orgánico, tipo deyecciones ganaderas con cama y materiales compostados (estiércol).
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