Publicado el 03/04/2020

Asaja Aragón y Asaja Lleida unen esfuerzos en potenciar una bolsa de trabajo conjunta

Asaja Aragón y Asaja Lleida unen esfuerzos en potenciar una bolsa de trabajo conjunta y poder dar solución a las necesidades de trabajadores y temporeros para el sector fruta y agrícola en general.

 

La sectorial de fruta dulce del Valle del Ebro, compuesta por Asaja Aragón y Asaja Lleida, muestra su preocupación por el aclareo y recolección de la fruta en la campaña del 2020, dadas las condiciones sanitarias derivadas del Covid -19.

 

La campaña agraria empieza con muchas dudas entre los productores debido a la situación en la que nos encontramos. su mayor preocupación es conseguir mano de obra para llevar a cabo la campaña en la que ya estamos. la recolección está a punto de comenzar, y ahora mismo es un problema conseguir trabajadores, además del problema añadido de los desplazamientos.

 

Por esta razón, Asaja Aragón y Asaja Lleida unen esfuerzos para potenciar sus bolsas de trabajo para trabajar coordinadamente en una mayor organización y coordinación en la contratación de las personas que deseen trabajar en la campaña agraria, pudiendo beneficiarse de la proximidad geográfica de ambos territorios.

 

Para enviarnos los curriculums, hemos habilitado dos cuentas de correo electrónico, donde los recepcionaremos y los gestionaremos con los productores.

 

Asaja Aragón……. asaja@asajahuesca.es – 974 313242

Asaja Lleida………. agroempresa@telefonica.net – 973 234326

 

 

En todo el Valle del Ebro se necesitan 50.000 personas para cubrir las necesidades de este sector.

Por otra parte, desde Asaja Valle del Ebro, inciden en varios aspectos fundamentales de cara a esta campaña.

 

Que las personas que están en este momento trabajando en las campañas agrarias del sur puedan desplazarse al norte, siguiendo todas las indicaciones sanitarias emitidas por parte del ministerio de sanidad, y cumplir los protocolos establecidos por las comunidades autónomas respectivas.

 

Que el ministerio aborde un corredor sanitario acogiéndose a las directrices europeas relativas al ejercicio libre de circulación de trabajadores con las medidas excepcionales por el covid-19 según el comunicado de la comisión 2020/c 102 1/03 del 30 de marzo del 2020

 

Que se aborden desde las administraciones públicas todos los mecanismos legales para habilitar mano de obra, contemplando la particular excepcionalidad de la situación desatascando esta situación crítica en el sector agrario, especialmente en el sector de la fruta.

 

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Preguntas frecuentes

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿Por qué necesito un seguro de responsabilidad civil?

Por lo general, este seguro tiene por objeto cubrir daños a terceros, siempre que éstos se produzcan con culpa o negligencia del asegurado.

Cubrirá la muerte o lesiones causadas a terceros, los daños materiales a bienes pertenecientes a terceros y los gastos de defensa del asegurado, incluso por reclamaciones infundadas, así como honorarios y gastos de toda clase, de cargo del asegurado civilmente responsable.

¿Qué plazos tengo para asegurar el cereal?

Esta cuestión es de vital importancia para la explotación. Preguntar en cada departamento de seguros. 

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Puedo realizar otros trámites relacionados con la PAC en mi solicitud conjunta?

Si, en la Solicitud Conjunta además de todas las Ayudas anteriormente descritas se pueden realizar los siguientes trámites:

- Cesiones de Derechos de Pago Base

- Solicitud de Derechos de Pago Base a la Reserva Nacional

- Alegaciones al SIGPAC

Para informarte mejor sobre cada una de estas solicitudes, llámanos a nuestras oficinas de ASAJA HUESCA y un técnico resolverá tus dudas.

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