Publicado el 11/11/2011

Unos 70 Agricultores Asistieron En Fraga A La Jornada De Seguros De Fruta Y Cereal

Las oficinas de ASAJA en la capital bajocinqueña acogieron ayer jueves día 10 una jornada en torno a los seguros de frutas y de cereal.La ponencia principal, bajo el título “Características y novedades del nuevo seguro creciente en frutales y cultivos herbáceos” corrió a cargo de Juan Cruzán, Director Territorial de AGROSEGURO ARAGÓN.A continuación, Ángel Samper, Secretario General de ASAJA Aragón, expuso las ideas principales de la “Reforma de la PAC después de 2013”.Acto seguido, los asistentes preguntaron y debatieron en una Mesa coloquio, a la que siguió un vino español como colofón de la jornada que resultó de enorme interés para los participantes.

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Preguntas frecuentes

¿Debo hacer el cuaderno de campo?

Siempre, cualquier persona o sociedad que presente Solicitud de Ayuda PAC.

Según se aprobó en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios.

¿Cuándo puede solicitarse la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

A partir del 1 de abril de cada año se solicita la devolución del I.E.H. del año anterior.

¿Quién puede recibir los pagos directos de la PAC?

Los pagos directos de la PAC están dirigidos hacia los agricultores y ganaderos que cumplan los requisitos de agricultor activo, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, y que lleven a cabo una actividad agraria; o la conservación de la superficie agraria de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo.

El agricultor o ganadero, titular de una explotación agrícola o ganadera, debe ser la persona, física o jurídica, que asuma el riesgo empresarial de la actividad agraria que declara en su solicitud.

¿Cómo se solicita la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Hay que solicitarlo exclusivamente de manera telemática, a través de la página de la Agencia Tributaria.

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

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ASAJA Huesca, Organización Profesional Agropecuaria

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