Publicado el 03/02/2025

Asaja Aragón Informa

Tras la polémica surgida con el último Real Decreto aprobado por el Gobierno Central, en el que no se incluye la elevación de los umbrales del régimen especial agrario de IVA, y su consiguiente repercusión al régimen especial de módulos en renta, desde ASAJA en Aragón y a nivel nacional nos pusimos en contacto con responsables de las administraciones correspondientes para mostrarles nuestra lógica preocupación.



En las conversaciones ,dichos responsables políticos, nos trasladaron el interés por resolver el problema causado a agricultores y ganaderos en el menor tiempo posible, dada la gran repercusión que esto conlleva para el sector agrario.



Desde ASAJA compartimos este compromiso de corrección y restitución del límite de la cuantía del régimen especial de IVA en el tiempo más breve posible. Compromiso que aporta un grado de tranquilidad y del que estaremos atentos y beligerantes para su cumplimiento.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo tengo hacer el cuaderno de producción y movimiento de estiércol?

Existe obligatoriedad si:

  1. La explotación ganadera se encuentra en Zona Vulnerable.
  2. Si se trata de instalaciones de ganadería intensiva y tienen una capacidad de animales superior a unos mínimos establecidos. Así por ejemplo, una explotación con capacidad de 1.999 cerdos de cebo no estará obligada pero si una con 2.001 animales.
¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
¿Puede mi banco obligarme a suscribir un seguro cuando contrato una hipoteca?

Aunque la normativa del mercado hipotecario sólo exige un seguro de daños que cubra, como mínimo, el riesgo de incendio por el valor del inmueble, el banco sí puede someter la concesión de un préstamo al cumplimiento de ciertos requisitos, entre ellos la contratación de un seguro de vida o de amortización de préstamos.

En todo caso, la contratación del seguro debe hacerse con su consentimiento.

¿Por qué contratar un seguro de retirada y destrucción de animales muertos con el sistema de seguros

Garantiza incluso la mortalidad no habitual de una explotación.

Cubre la recogida y destrucción por sacrificios en la explotación, decretados por la Administración.

¿Puede un autónomo contratar personal?

Un autónomo, al amparo de su actividad agropecuaria y empresarial, puede contratar trabajadores por cuenta ajena como cualquier otra empresa.

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