Publicado el 22/04/2024

ASAJA Huesca Respalda la Proposición de Ley para la Conservación del Lobo y la Ganadería Extensiva

El próximo martes, 23 de abril, el Congreso de los Diputados votará la toma en consideración de la Proposición de Ley "relativa a la conservación del lobo en España y su cohabitación con la ganadería extensiva y la lucha contra el reto demográfico". ASAJA Huesca, junto con otras organizaciones agrarias, respalda esta propuesta y exige a los diputados de sus comunidades autónomas que voten a favor.

 

¿Por qué es importante esta Proposición de Ley?

 

La ganadería extensiva en España enfrenta un desafío creciente debido al aumento de la población de lobos, que ha llevado a un incremento en los ataques a animales de granja, como ovejas, vacas, cabras y caballos. La aprobación de esta ley busca adaptar la protección del lobo basándose en datos científicos y en criterios más flexibles para gestionar esta especie, permitiendo un equilibrio entre su conservación y la ganadería extensiva.

La Importancia de la Flexibilidad en la Gestión del Lobo

El cambio propuesto por la Comisión Europea implica considerar al lobo como especie "protegida" en lugar de "estrictamente protegida". Esto permitiría incorporar al lobo en el Anexo V de la Directiva 92/43/CEE, permitiendo medidas de gestión para controlar su población y reducir el impacto negativo en la ganadería extensiva. Esta modificación podría ser clave para proteger a los ganaderos de ataques recurrentes.

 

Impacto en la Ganadería Extensiva

 

Los ataques del lobo a la ganadería extensiva están creciendo exponencialmente, afectando a los ganaderos y sus medios de subsistencia. ASAJA Huesca, junto con otras organizaciones, destaca la importancia de apoyar esta Proposición de Ley para revertir la situación actual y permitir una gestión más flexible del lobo que beneficie a la ganadería extensiva. La colaboración entre la conservación del lobo y la ganadería es posible, pero requiere un enfoque equilibrado y basado en la realidad de las comunidades afectadas.

Puedes ver aquí  toda la información sobre la  Proposición de Ley “relativa a la conservación del lobo en España y su cohabitación con la ganadería extensiva y la lucha contra el reto demográfico”

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Preguntas frecuentes

He tenido varios siniestros, ¿pueden subirme la prima?

Si el aumento de prima no está previsto en la póliza, la subida de la prima propuesta por la entidad aseguradora deberá ser aceptada por el tomador. Si la subida propuesta es para la siguiente renovación del contrato, deberán comunicárselo con una antelación mínima de dos meses a la citada renovación En caso de que el asegurado no acepte la subida de la prima, la entidad podrá negarse a prorrogar el contrato para el siguiente periodo de cobertura.

Si no se respeta el plazo de dos meses, la subida de primas no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador, y por tanto la entidad deberá respetar la prima del periodo anterior.

¿Presta ASAJA información y asesoramiento en relación contratos de arrendamientos rústicos?

Sí, podemos asesorarle y ayudarle a formalizar este tipo de contratos y a resolver cualquier duda al respecto.

¿Puedo comprar productos fitosanitarios sin tener el carnet de aplicador para tratar el huerto?

No, ninguna empresa o casa comercial puede vender productos a una persona que al menos debería tener mínimo el carnet de aplicador nivel básico.

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

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