Publicado el 24/04/2019

Convocadas ayudas del Plan RENOVE para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria

Se ha publicado la orden por la que se convocan ayudas correspondientes al Plan de Renovación del Parque Nacional de Maquinaria Agrícola (PLAN RENOVE) para el año 2019.

 

El plazo de solicitud de esta abierto hasta el día 15 de Septiembre.

 

La solicitud se hace a través de la página web del ministerio de Agricultura, pesca y alimentación https://sede.mapama.gob.es

 

Son subvencionables tractores, máquinas automotrices (maquinaria de recolección, de aplicación de productos fitosanitarios y de productos fertilizantes), máquinas arrastradas o suspendidas (sembradoras directa, abonadoras, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, cisternas de purín con sistema de localización de producto en el suelo: rejas y discos, tubo flexible o rígidos, así como sistemas de localización de purín en el suelo independientemente de la cisterna).

 

La concesión es directa y por riguroso orden de solicitud hasta agotar el presupuesto; además se ha de tener comprado el equipo.

La maquinaria a renovar se sustituirá por un único tractor o máquina nuevos del mismo uso y del mismo tipo que la que se vaya a achatarrar.

Los modelos que pueden ser subvencionados están disponibles en la página web https://gestionrenove.es

 

 

 

 

Tractores:

La cuantía base de la subvención se establece en 95 € por Kilowatio (kw), de la potencia de inscripción del tractor a retirar, que conste en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola. Esta cuantía se incrementará atendiendo a la clasificación energética del nuevo tractor:

 

  • Por la clasificación en la categoría más alta de eficiencia energética (A): 3000 €
  • Por la clasificación en la segunda categoría más alta (B): 2000 €
  • Por la clasificación en la tercera categoría más alta(C) : 1000 €

 

La cuantía de la subvención podrá incrementarse en 1000€ por adquirir un tractor con fase IV de emisiones en su homologación.

 

La cuantía de la subvención podrá incrementarse en 1000€, atendiendo a las deficiencias de seguridad de los tractores retirados y entregados en un centro autorizado de descontaminación de vehículos , establecidos mediante el Real Decreto de 20/2017, de 20 de Enero.

 

La cuantía total de la subvención no sobrepasará los 12000€ por beneficiario ni el 30% del coste total de adquisición sin IVA o IGIC.

 

Maquinas automotrices agrícolas: 

La cuantía base de la subvención se establece en 95 € por Kilowatio (kw), de la potencia de inscripción que consta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la máquina a retirar. La cuantía de la subvención podrá incrementarse en 1000€ si la nueva máquina está en estado de homologación fase IV de emisiones de gases y partículas contaminantes. La subvención máxima para este tipo de máquinas no superará los 25000€ ni el 30€ de la adquisición sin IVA o IGIC.

 

Abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios:

  • La subvención se establece en el 30% de la inversión sin IVA.
  • En el caso de abonadoras la subvención máxima será de 4000 €.
  • En el caso de sembradoras la subvención máxima será de 6000 €.

 

Sembradoras directas; cisternas de purines equipadas con equipos de localización:

La cuantía de la subvención se establece en el 30% de la inversión sin IVA o IGIC realizada para la nueva máquina. La subvención no podrá superar los 20000€.

 

 

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Preguntas frecuentes

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito?

En el caso de no estar de acuerdo con la valoración del perito que ha enviado la entidad aseguradora, puede recurrir al procedimiento pericial.

Consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designen un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.

Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo y usted no lo hace en el plazo de 8 días desde el requerimiento, se entiende que usted renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes.

¿Por qué necesito un seguro de responsabilidad civil?

Por lo general, este seguro tiene por objeto cubrir daños a terceros, siempre que éstos se produzcan con culpa o negligencia del asegurado.

Cubrirá la muerte o lesiones causadas a terceros, los daños materiales a bienes pertenecientes a terceros y los gastos de defensa del asegurado, incluso por reclamaciones infundadas, así como honorarios y gastos de toda clase, de cargo del asegurado civilmente responsable.

¿Existe alguna otra obligación para los beneficiarios de la devolución?

SÍ Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años a  partir del día siguiente a aquel en que dicha devolución pudo comenzar a solicitarse.

¿Cuáles son las necesidades de fertilización máximas?

En Zona Vulnerable 170 y en Zona no Vulnerable 210.

¿Qué servicios presta Asaja Huesca a nivel laboral?

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