Publicado el 11/03/2009

Asaja Aragón Alerta La Situación De “asfixia” Por Culpa Del Aumento De Las Tarifas Eléctricas Para Regar

Cuando se acerca el inicio de la campaña de riego, a pesar de las buenas perspectivas gracias al agua embalsada y a la nieve en las montañas, los agricultores ven cómo cada mes la factura de la electricidad del riego sube y sube sin parar, con aumentos en un año que van desde el 100% hasta el 400% en relación a la potencia o al kilowatio consumido. Desde ASAJA Aragón se denuncia que la situación esta “al límite” desde que desapareció la tarifa de riego, y los agricultores estan soportando incrementos progresivos de tarifa por potencia y por kilowatio de modo que desde junio 2008 y hasta el 30 junio 2009 las eléctricas cobran cada mes diferente, adaptando las facturas a la llamada “tarifa industrial”, que sera la que rija ya en mercado libre. Esto ha hecho que desde junio pasado algunos agricultores hayan visto aumentar “de forma desorbitada” sus facturas, con incrementos que van del 100 hasta el 400%. ÂDesde ASAJA Aragón se critica que “algunas compañías eléctricas estan cobrando los kilowatios todo igual, lo gastes cuando lo gastes, no hay tarifa valle, punta, ni llana, ni lo explican ni nada. Antes, se regaba por la noche, en tarifa valle, mas barata, ahora no sabemos cómo nos lo estan cobrando, y estan haciendo lo que les da la gana”. La situación es tan crítica que muchas explotaciones estan planteandose hacerse su propia electricidad con generadores, ya que el precio del kilowatio generado con gasóleo es ahora mismo competitivo con el que estan cobrando las compañías eléctricas, pensando ademas que las facturas van a seguir aumentando de aquí a junio hasta llegar a equipararlas a lo que quieren las compañías. Desde ASAJA Aragón se es muy crítico con la administración, que esta dejando a las eléctricas hacer sin que estas tengan que dar ninguna explicación, y todo se complica aún mas teniendo en cuenta por un lado el inminente comienzo de la campaña de riego “y ya veremos luego si podemos pagar las facturas que nos lleguen si no tenemos rentabilidad ninguna” , y por otro lado hay que tener en cuenta que Aragón esta a la espera de poner en marcha varios miles de hectareas de nuevos regadíos, que al precio al que se pagan fertilizantes, imputs y ahora el agua de riego, “pues habra que plantearse seriamente el agricultor si se hace algo o no, porque las cuentas no nos salen”.

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Preguntas frecuentes

¿Pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿Las comunidades de bienes y las sociedades civiles pueden ser beneficiarias de la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos?

SI,el artículo 52.ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, no las excluye, a condición claro está, que cumplan el resto de condiciones que exige la citada disposición.

¿Qué hay que hacer para cambiar de compañía de seguros?

Hay que enviar una carta de baja a la compañía, firmada por el tomador, con un mes de antelación al vencimiento. La carta ha de ir acompañada por una fotocopia del NIF del tomador. 

Después, quedarse una copia de lo enviado, pues muchas compañías dicen no haberla recibido.

¿Puedo comprar productos fitosanitarios sin tener el carnet de aplicador para tratar el huerto?

No, ninguna empresa o casa comercial puede vender productos a una persona que al menos debería tener mínimo el carnet de aplicador nivel básico.

¿Cómo puedo revisar las parcelas que voy a poner en mi PAC?

Al declarar las parcelas que constituyen la explotación sobre las que solicita ayudas, debe indicar su referencia en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).

Para ayudarle con esta tarea, puede consultar la información a través del Visor Nacional (http://sigpac.mapama.gob.es/fega/visor/) o en el visor de la Comunidad Autónoma de Aragón para el caso de las parcelas ubicadas en nuestra Comunidad (http://sigpac.aragon.es/visor/).

A lo largo de todo el año, desde nuestras oficinas de ASAJA HUESCA, nuestros técnicos le pueden ayudar a consultar esta información.

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
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