Publicado el 01/06/2009

Asaja Le Pide A La Consejería De Agricultura Y Alimentación Que Convoque Ya La Mesa Del Ovino

Hoy se ha reunido la Comisión Permanente administración-organizaciones agrarias, para analizar las normas de la reforma de la PAC que entraran en vigor en 2010, así como las directrices del Programa de Desarrollo Rural para Aragón. Desde ASAJA se ha pedido a la Consejería que se convoque ya la Mesa del Ovino, que aún no se ha puesto en marcha a pesar de su anuncio varias veces por parte de la propia consejería. ÂEl secretario general de ASAJA Aragón, Carlos Ferrer, ha señalado que “en principio, de lo que ha expuesto la consejería, damos un margen de confianza para ver con detalle las medidas que han puesto sobre la mesa, y también queremos explicarlo a nuestros socios a ver qué propuestas pueden ser viables y en qué incidiremos mas, como las medidas para la gestión del agua y freno del cambio climatico, la modernización de regadíos y explotaciones, o ver con detalle en qué se va a reinvertir el presupuesto rescatado de la modulación”. ASAJA ha manifestado su apoyo al desacoplamiento previsto en 2010 para herbaceos, trigo duro y el ovino, sector este último que “por fin va a poder orientar su producción a mercado, sin distorsiones ni injerencias externas”. Carlos Ferrer ha señalado que ASAJA ha pedido que se contemplen excepcionalidades pues entre 2007 y 2008 el sector perdió 100 mil cabezas y no puede ser que el período de referencia sea exclusivamente el 2008, pues por mercado, problemas sanitarios y en general las dificultades del sector, el sector perdería un dinero que necesita. Otro de los asuntos importantes de la reunión ha sido el detalle de las políticas del Plan de Desarrollo Rural en Aragón, que va a contar con 59 millones de euros adicionales para apoyar programas de gestión del agua y mejoras en regadíos, la lucha contra el cambio climatico, o la modernización de explotaciones y el apoyo al sector para el cumplimiento del asesoramiento a explotaciones en materia de Condicionalidad. Desde ASAJA se va a trasladar a su masa social el grueso de propuestas para aportar ideas y necesidades a la consejería. Una cuestión que ya ha puesto ASAJA sobre la mesa es la necesidad de aportar fondos a estudios de soluciones para combatir la disminución de materias activas con las últimas legislaciones de la UE que han dejado bastante indefensos a los productores frente a algunas plagas. Por cierto que desde ASAJA ha habido un requerimiento formal a la consejería para que se forme una comisión específica en la que se debata y consensúe qué formula de representatividad agraria vamos a tener en Aragón con la disolución de las Camaras Agrarias y la no convocatoria de mas elecciones.

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Preguntas frecuentes

¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?

Para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

NIF: 9 caracteres

Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.

Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.

Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.

El volumen de litros consumidos e importe del mismo.

En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.

La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.

Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.


 

¿El uso de gasóleo genera derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

¿El uso, en general, del gasóleo en agricultura, ganadería, horticultura y silvicultura genera el derecho a la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

Únicamente genera el derecho a la devolución el gasóleo adquirido al tipo establecido en el epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que haya sido utilizado como carburante en motores de tractores o maquinaria agrícola. A este efecto, debe considerarse uso como carburante, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 49.2 a) de la citada Ley: “la utilización de un producto incluido en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos con fines de combustión en cualquier motor”.

¿Se puede actuar a través de un colaborador social?
SÍ. Para facilitar la presentación por Internet de las solicitudes previstas en la Orden que regula el procedimiento de devolución, se puede acudir a alguna de las entidades que colaboran con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Si el beneficiario pertenece a una Organización del sector que tiene firmado un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá autorizar a dicha Organización para que presente en su nombre, a través de internet, la solicitud a que se refiere el apartado 5 anterior.Puede consultar la lista de las Entidades que han firmado un convenio de colaboración en la dirección www.agenciatributaria.es.
¿Cómo se efectúa la devolución extraordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos?

En base a las solicitudes de devolución presentadas, la Oficina Gestora de los Impuestos Especiales correspondiente al domicilio fiscal del beneficiario de la devolución acordará la misma y efectuara la transferencia bancaria a la cuenta indicada por aquél.

Los interesados podrán hacer el seguimiento de sus solicitudes y de las devoluciones practicadas consultando la mencionada página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

¿Qué es un copago?

Los copagos son abonos que se hacen cuando se utilizan ciertos servicios del seguro médico, y según el producto contratado pueden estar incluidos o no. Estos copagos se cobran en servicios fuera de los habituales, para ciertas pruebas, rehabilitaciones o revisiones.

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